Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025050042)
Orden de 13 de marzo de 2025 por la que se convoca el IV Concurso de Debate Escolar de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 54
Miércoles 19 de marzo de 2025
13975
8. S
i algún equipo clasificado decide no participar en alguna de las rondas, deberá comunicarlo por correo electrónico a la dirección concursodebate@educarex.es , indicando los
motivos y con el visto bueno de la dirección del centro. En tal caso, el equipo perderá todos
los derechos sobre los premios obtenidos hasta ese momento, y el profesorado preparador
no recibirá los créditos mencionados en el artículo 6.5 de esta orden.
9. A
partir de la ronda de octavos de final se impedirá la clasificación de un equipo por incomparecencia del equipo contrincante. Para ello, cuando se tenga constancia previa de
que algún equipo no va a presentarse a la ronda correspondiente, ya sea por comunicación
expresa del docente responsable o la no respuesta a la confirmación de participación, la
comisión organizadora sustituirá a dicho equipo por otro, según se indica en el apartado
siguiente. En dicho caso, el equipo sustituido perderá el premio conseguido hasta ese momento y el docente preparador sólo recibirá los créditos de formación correspondientes, en
su caso, a su participación en las actividades formativas mencionadas en el artículo 10 de
esta orden. Si se estimase, además, que existió mala fe o falta de deportividad por parte
del docente preparador, se podrá recomendar sancionarlo, no permitiéndole participar en
los siguientes dos años en los concursos de debate que se organicen.
10. Para efectuar la sustitución mencionada en el apartado anterior, se elegirá al equipo que
perdió contra el sustituido en la ronda anterior o al primero o sucesivos de los no clasificados en la ronda de clasificación, según el orden de puntuación.
11. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional podrá contratar los servicios
de una empresa externa con experiencia en la organización de debates para gestionar
el concurso y, entre otras funciones, para colaborar en la selección de las personas que
ejercerán las tareas de juzgar y arbitrar los debates. La contratación de la citada empresa
se realizará conforme a las directrices marcadas en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Artículo 10. Formación del profesorado preparador.
1. El profesorado preparador de los equipos que vayan a competir tendrá que asistir obligatoriamente a las sesiones de formación por videoconferencia en las que se expliquen
las reglas y los procedimientos del concurso. Si la persona preparadora no pudiera asistir
a dichas sesiones formativas, podrá ser sustituida por otro docente del claustro, que se
comprometerá a comunicarle todos los aspectos, contenidos y decisiones tratadas en la
reunión.
2. Se organizarán otras sesiones formativas, telemáticas o presenciales, con el objeto de
proporcionar al profesorado los conocimientos necesarios para preparar al alumnado en
Miércoles 19 de marzo de 2025
13975
8. S
i algún equipo clasificado decide no participar en alguna de las rondas, deberá comunicarlo por correo electrónico a la dirección concursodebate@educarex.es , indicando los
motivos y con el visto bueno de la dirección del centro. En tal caso, el equipo perderá todos
los derechos sobre los premios obtenidos hasta ese momento, y el profesorado preparador
no recibirá los créditos mencionados en el artículo 6.5 de esta orden.
9. A
partir de la ronda de octavos de final se impedirá la clasificación de un equipo por incomparecencia del equipo contrincante. Para ello, cuando se tenga constancia previa de
que algún equipo no va a presentarse a la ronda correspondiente, ya sea por comunicación
expresa del docente responsable o la no respuesta a la confirmación de participación, la
comisión organizadora sustituirá a dicho equipo por otro, según se indica en el apartado
siguiente. En dicho caso, el equipo sustituido perderá el premio conseguido hasta ese momento y el docente preparador sólo recibirá los créditos de formación correspondientes, en
su caso, a su participación en las actividades formativas mencionadas en el artículo 10 de
esta orden. Si se estimase, además, que existió mala fe o falta de deportividad por parte
del docente preparador, se podrá recomendar sancionarlo, no permitiéndole participar en
los siguientes dos años en los concursos de debate que se organicen.
10. Para efectuar la sustitución mencionada en el apartado anterior, se elegirá al equipo que
perdió contra el sustituido en la ronda anterior o al primero o sucesivos de los no clasificados en la ronda de clasificación, según el orden de puntuación.
11. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional podrá contratar los servicios
de una empresa externa con experiencia en la organización de debates para gestionar
el concurso y, entre otras funciones, para colaborar en la selección de las personas que
ejercerán las tareas de juzgar y arbitrar los debates. La contratación de la citada empresa
se realizará conforme a las directrices marcadas en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Artículo 10. Formación del profesorado preparador.
1. El profesorado preparador de los equipos que vayan a competir tendrá que asistir obligatoriamente a las sesiones de formación por videoconferencia en las que se expliquen
las reglas y los procedimientos del concurso. Si la persona preparadora no pudiera asistir
a dichas sesiones formativas, podrá ser sustituida por otro docente del claustro, que se
comprometerá a comunicarle todos los aspectos, contenidos y decisiones tratadas en la
reunión.
2. Se organizarán otras sesiones formativas, telemáticas o presenciales, con el objeto de
proporcionar al profesorado los conocimientos necesarios para preparar al alumnado en