Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025050042)
Orden de 13 de marzo de 2025 por la que se convoca el IV Concurso de Debate Escolar de Extremadura.
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NÚMERO 54
Miércoles 19 de marzo de 2025

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Artículo 9. Organización del concurso.
1. La comisión organizadora determinará los detalles organizativos de las diferentes fases que
no se especifiquen en la presente convocatoria. Todos estos aspectos como sorteos, eliminatorias, emparejamientos, instrucciones y protocolos utilizados para el desarrollo del concurso o cualquier otra información de interés, serán comunicados a los centros educativos
a través de la web http://concursodebate.educarex.es, que actuará como medio oficial de
comunicación. Para cualquier duda o solicitud de información, se podrá contactar a través
del correo electrónico concursodebate@educarex.es.
2. La comisión organizadora, con la aprobación de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, establecerá con la antelación suficiente los días y el horario en los que
se realizarán los diferentes debates.
3. En función del número de equipos inscritos, la Secretaría General de Educación y Formación Profesional decidirá el sistema más adecuado para realizar las primeras rondas. Dicho
sistema será comunicado con antelación suficiente a los centros educativos a través de la
web del concurso.
4. Los debates serán presenciales y preferentemente en horario lectivo, salvo que la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, a propuesta de la comisión organizadora, decida otro sistema atendiendo a las circunstancias organizativas, el número de equipos
inscritos o los posibles traslados que deban hacer tanto el alumnado como el profesorado
participante.
5. C
 ualquier debate puede ser grabado con fines educativos o para garantizar el correcto
desarrollo del concurso, por lo que es obligatorio que todos los participantes den su consentimiento. El profesorado preparador deberá asegurarse de que todos los progenitores o
tutores legales de los miembros del equipo consientan, garantizando la cumplimentación
del anexo VI de esta orden. Los anexos cumplimentados por los progenitores o tutores legales serán conservados por el profesorado preparador. En el caso de que algún progenitor,
tutor legal o estudiante se negase a la grabación de un debate o el docente preparador del
equipo no contase con la autorización mencionada, se le deberá sustituir por otro que sí
haya consentido la grabación. De no cumplirse esta condición, el equipo será excluido de
la competición.
6. L
 os debates se desarrollarán conforme a las instrucciones y reglas especificadas en el reglamento que figura en el anexo VII de esta orden.
7. Los sorteos que se realicen para determinar enfrentamientos y desempates serán públicos.