Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060759)
Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector comercio de ópticas de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 49
Miércoles 12 de marzo de 2025
13190
Tareas complejas pero homogéneas que, aun sin implicar responsabilidad de mando, tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana, en un marco de instrucciones
generales de alta complejidad técnica.
Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalente a estudios universitarios de grado medio, completada con una formación específica
en el puesto de trabajo.
Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas las categorías que, por analogía, son
equiparables a las siguientes:
• Jefe/a de sección.
• Encargado/a de establecimiento.
• Optometrista-Óptico diplomado titular.
• Óptico diplomado.
• Oficial de 1.ª administrativo/a.
• Oficial de 1.ª de taller.
• Programador/a.
• Dependiente/a mayor.
Grupo profesional 3:
Criterios generales: trabajos de ejecución autónoma que exijan habitualmente de iniciativa
por las personas trabajadoras que los desempeñan, comportando, bajo la supervisión, la
responsabilidad de los mismos y pudiendo ser ayudados por otra persona trabajadora
Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalentes a BUP o FP2, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo.
Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
• Cajero/a.
• Dependiente/a.
• FP Óptica y audioprotesista.
Miércoles 12 de marzo de 2025
13190
Tareas complejas pero homogéneas que, aun sin implicar responsabilidad de mando, tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana, en un marco de instrucciones
generales de alta complejidad técnica.
Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalente a estudios universitarios de grado medio, completada con una formación específica
en el puesto de trabajo.
Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas las categorías que, por analogía, son
equiparables a las siguientes:
• Jefe/a de sección.
• Encargado/a de establecimiento.
• Optometrista-Óptico diplomado titular.
• Óptico diplomado.
• Oficial de 1.ª administrativo/a.
• Oficial de 1.ª de taller.
• Programador/a.
• Dependiente/a mayor.
Grupo profesional 3:
Criterios generales: trabajos de ejecución autónoma que exijan habitualmente de iniciativa
por las personas trabajadoras que los desempeñan, comportando, bajo la supervisión, la
responsabilidad de los mismos y pudiendo ser ayudados por otra persona trabajadora
Formación: titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalentes a BUP o FP2, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo.
Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
• Cajero/a.
• Dependiente/a.
• FP Óptica y audioprotesista.