Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060759)
Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector comercio de ópticas de la provincia de Badajoz.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 49
Miércoles 12 de marzo de 2025
13189
• Complejidad: factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el número y el grado de integración de los diversos factores antes enumerados en la tarea o puesto encomendado.
Sistema de clasificación: todas las personas trabajadoras afectadas por este Convenio serán
adscritos a un determinado grupo profesional, que determinará la clasificación organizativa
de cada trabajador.
Grupos profesionales.
Grupo profesional 1:
Criterios generales. El personal perteneciente a este grupo planifica, organiza, dirige y
coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa.
Realiza funciones que comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos
materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme el
programa establecido o a la política adaptada; el establecimiento y mantenimiento de
estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política industrial, financiera y
comercial.
Toma decisiones y participa en su elaboración. Desempeña altos puestos de dirección o
ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una.
Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
• Director/a general.
• Óptico diplomado - Director/a técnico general.
• Jefe/a superior.
• Encargado/a general en empresas con varios establecimientos.
• Optometristas-Óptico diplomado que regenta el establecimiento.
Grupo profesional 2:
Criterios generales: funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de
tareas diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores.
Miércoles 12 de marzo de 2025
13189
• Complejidad: factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el número y el grado de integración de los diversos factores antes enumerados en la tarea o puesto encomendado.
Sistema de clasificación: todas las personas trabajadoras afectadas por este Convenio serán
adscritos a un determinado grupo profesional, que determinará la clasificación organizativa
de cada trabajador.
Grupos profesionales.
Grupo profesional 1:
Criterios generales. El personal perteneciente a este grupo planifica, organiza, dirige y
coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa.
Realiza funciones que comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos
materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme el
programa establecido o a la política adaptada; el establecimiento y mantenimiento de
estructuras productivas y de apoyo y el desarrollo de la política industrial, financiera y
comercial.
Toma decisiones y participa en su elaboración. Desempeña altos puestos de dirección o
ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc., en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de cada una.
Ejemplos: en este grupo profesional se incluyen todas aquellas categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
• Director/a general.
• Óptico diplomado - Director/a técnico general.
• Jefe/a superior.
• Encargado/a general en empresas con varios establecimientos.
• Optometristas-Óptico diplomado que regenta el establecimiento.
Grupo profesional 2:
Criterios generales: funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de
tareas diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores.