Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060775)
Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Urbaser, SA, en su centro Ecoparque de Villanueva de la Serena.
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NÚMERO 49
Miércoles 12 de marzo de 2025
13231
Las vacaciones se disfrutarán únicamente dentro del año natural correspondiente, a excepción de las diferentes situaciones legalmente establecidas en el art. 38.3 del Estatuto
de los Trabajadores.
Artículo 16.º Licencias y permisos.
El trabajador/a, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Retribuidos.
a. Quince días naturales en caso de matrimonio o pareja de hecho, pudiendo disfrutar de
un solo permiso por la misma pareja. Este permiso comenzará a disfrutarse el primer
día laborable siguiente al del hecho causante, cuando este hecho sucediese en día no
laborable.
b. U
n día por matrimonio de familiares hasta primer grado de consanguinidad o afinidad.
Si por este motivo se precisa desplazar a comunidad distinta a la suya habitual, se ampliará a dos días más.
c. Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o
parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar
consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las
anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera
el cuidado efectivo de aquella.
S
e entiende que existe hospitalización cuando el pariente que da derecho al permiso
retribuido permanezca como paciente ingresado en el hospital durante al menos una
noche.
P
ara los casos de hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise
reposo domiciliario, el permiso podrá ser disfrutado en días no consecutivos o inmediatos al acto, siempre que perdure la hospitalización o el reposo domiciliario.
d. Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo
grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.
P
ara el caso de fallecimiento de familiar, el permiso comenzará el primer día laborable
siguiente al del hecho causante, cuando este hecho sucediese en día no laborable.
Miércoles 12 de marzo de 2025
13231
Las vacaciones se disfrutarán únicamente dentro del año natural correspondiente, a excepción de las diferentes situaciones legalmente establecidas en el art. 38.3 del Estatuto
de los Trabajadores.
Artículo 16.º Licencias y permisos.
El trabajador/a, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Retribuidos.
a. Quince días naturales en caso de matrimonio o pareja de hecho, pudiendo disfrutar de
un solo permiso por la misma pareja. Este permiso comenzará a disfrutarse el primer
día laborable siguiente al del hecho causante, cuando este hecho sucediese en día no
laborable.
b. U
n día por matrimonio de familiares hasta primer grado de consanguinidad o afinidad.
Si por este motivo se precisa desplazar a comunidad distinta a la suya habitual, se ampliará a dos días más.
c. Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o
parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar
consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las
anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera
el cuidado efectivo de aquella.
S
e entiende que existe hospitalización cuando el pariente que da derecho al permiso
retribuido permanezca como paciente ingresado en el hospital durante al menos una
noche.
P
ara los casos de hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise
reposo domiciliario, el permiso podrá ser disfrutado en días no consecutivos o inmediatos al acto, siempre que perdure la hospitalización o el reposo domiciliario.
d. Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo
grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.
P
ara el caso de fallecimiento de familiar, el permiso comenzará el primer día laborable
siguiente al del hecho causante, cuando este hecho sucediese en día no laborable.