Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2025060755)
Resolución de 2 de marzo de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se modifica la Resolución de 23 de diciembre de 2020, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ampliación de una posición de línea 132 kV para conectar la nueva línea Plasencia - Valdeobispo 2 -132 kV", en el término municipal de Valdeobispo (Cáceres). Expte.: AT-1125-8.
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NÚMERO 48
Martes 11 de marzo de 2025
13031
Eléctricas Inteligentes, SAU, con CIF A-95075578, para las instalaciones correspondientes al
proyecto denominado “Ampliación de una posición de línea 132 kV para conectar la nueva
línea Plasencia - Valdeobispo 2 - 132 kV”, cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente e incorporando a la misma los condicionantes ambientales establecidos en la evaluación de impacto ambiental efectuada:
Subestación transformadora. Sistema de 132 kV.
Instalación de una nueva posición de línea 132 kV convencional de intemperie con interruptor,
con el montaje de los siguientes equipos:
— Un (1) interruptor automático, tripolar, de corte en SF6, 145/132 kV, 3.150 A, 40 kA, 3
seg.
— Un (1) seccionador tripolar de columna con cuchillas de puesta a tierra para conexión de
línea, 145/132 kV, 1.600 A.
— Tres (3) transformadores de intensidad: 145/132 kV, 400-800/5-5-5A, 30VACI 0,5 50VA5P20.t
— Un (1) transformador de tensión capacitivo 145/132 kV, 50Hz.
— Emplazamiento: ST Valdeobispo.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
Martes 11 de marzo de 2025
13031
Eléctricas Inteligentes, SAU, con CIF A-95075578, para las instalaciones correspondientes al
proyecto denominado “Ampliación de una posición de línea 132 kV para conectar la nueva
línea Plasencia - Valdeobispo 2 - 132 kV”, cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente e incorporando a la misma los condicionantes ambientales establecidos en la evaluación de impacto ambiental efectuada:
Subestación transformadora. Sistema de 132 kV.
Instalación de una nueva posición de línea 132 kV convencional de intemperie con interruptor,
con el montaje de los siguientes equipos:
— Un (1) interruptor automático, tripolar, de corte en SF6, 145/132 kV, 3.150 A, 40 kA, 3
seg.
— Un (1) seccionador tripolar de columna con cuchillas de puesta a tierra para conexión de
línea, 145/132 kV, 1.600 A.
— Tres (3) transformadores de intensidad: 145/132 kV, 400-800/5-5-5A, 30VACI 0,5 50VA5P20.t
— Un (1) transformador de tensión capacitivo 145/132 kV, 50Hz.
— Emplazamiento: ST Valdeobispo.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.