Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060761)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector comercio de la madera, el mueble y la marquetería de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 48
Martes 11 de marzo de 2025

13041

Contable: Se asimila económicamente a la categoría de jefe Administrativo.
Administrativo u Oficial Administrativo: Es quien, en posesión de los conocimientos técnicos y prácticos necesarios para la vida mercantil, realiza trabajos que requieren propia
iniciativa, tales como redacción de correspondencia o contratos mercantiles corrientes,
ela­boración estadística con capacidad analítica, gestión de informes, trascripción en libros
de con­tabilidad, liquidación de subsidios y seguros sociales, etc.
Auxiliar Administrativo: Es al que, con conocimientos generales de índole administrati­va,
auxilia a los oficiales y jefes en la ejecución de trabajo como propios de esta categoría en
las siguientes funciones:
Redacción de correspondencia de trámite, confección de facturas y estados para la liquidación de intereses impuestos.
Cajero: Es el empleado que se ocupa del control de la caja y de los cobros dentro del establecimiento de la empresa.
Oficial de 1.ª y Oficial de 2.ª: Son los trabajadores que ejecutan los trabajos propios de
un oficio clásico que normalmente requiere aprendizaje en cualquiera de sus categorías de
oficial primero, oficial segundo; se comprenderán en estas clases los ebanistas, carpinteros, barnizadores, etc.
Conductor-Transportador-Instalador: Es el empleado que se ocupa de conducir vehículos y
transportar los muebles, así como dejarlos instalados en su destino.
Escaparatista o Montador: Es el empleado que tiene asignada como función principal y
preferente la ornamentación de interiores, escaparates y vitrinas.
Rotulista: Es el que se dedica exclusivamente a confeccionar para una sola empresa toda
clase de rótulos, carteles y trabajos semejantes.
Cortador-Dibujante: Es el empleado que realiza con propia iniciativa dibujos artísticos propios de su competencia profesional.
GRUPO III.
Titulado Superior: Es quien, en posesión de un título de grado superior, reconocido como
tal por el Ministerio de Educación y Ciencia, ejerce en la empresa de forma permanente y
con responsabilidad directa.
Titulado Medio: Es quien, en posesión de un título de grado medio, reconocido como tal por
el Ministerio de Educación y Ciencia o asimilado por disposición legal, ejerce en la empresa
de forma permanente y con responsabilidad directa.