Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060757)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Coria y el Instituto de la Juventud de Extremadura sobre la realización de programas dirigidos a la juventud y dinamización en la zona.
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NÚMERO 47
Lunes 10 de marzo de 2025

12918

ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto determinar el marco de colaboración entre el Excmo.
Ayuntamiento de Coria y el Instituto de la Juventud de Extremadura, para el desarrollo de
actividades dirigidas a la juventud en el término municipal de Coria y alrededores con la finalidad de fomentar y promover la realización de actividades educativas, formativas y culturales,
así como de ocio y tiempo libre, en el ejercicio de las competencias que ambas administraciones, autonómica y local, comparten, además de posibilitar el cumplimiento del manifiesto
interés público y social para el desarrollo de actividades en el sector juvenil de la zona.
Segunda. Obligaciones del Ayuntamiento de Coria.
El Ayuntamiento de Coria se compromete a poner a disposición del IJEX un espacio con el mobiliario preciso para la realización de actividades de dinamización juvenil en la zona y que se
propongan por el Instituto de la Juventud de Extremadura en el marco de sus competencias,
estarán a cargo del ayuntamiento de Coria los gastos corrientes del suministro de servicios
esenciales (agua, electricidad, internet, teléfono y otros suministros de servicios de similar
naturaleza), así como los materiales fungibles de oficina para que el técnico realice sus cometidos.
Se entenderán incluidos dentro del espacio con el mobiliario preciso: la designación de una
ubicación en las dependencias municipales que funcione como oficina joven y apoyo logístico
para el desarrollo de las funciones de dinamización por parte del técnico designado por el Instituto de la Juventud de Extremadura, y dependiente del mismo, para la consecución de los
fines del presente Convenio procurando la coordinación entre ambas instituciones, así como
la implantación de programas conjuntos.
Tercera. Obligaciones del Instituto de la Juventud de Extremadura.
El Instituto de la Juventud de Extremadura designará a un técnico para realizar las distintas
actuaciones, de acompañamiento y refuerzo a la colaboración entre Administraciones, que
girarán en torno a:
a) Identificación de las necesidades y potencialidades de la zona en relación con la prestación de servicios a la Juventud con vistas a elaborar propuestas de mejora al Instituto
de la Juventud de Extremadura.
b) Apoyo en las labores de análisis de necesidades, implantación de mejoras derivadas de
las labores de análisis, así como de consolidación de la actividad de la Red de Espacios
y dinamizadores juveniles.