Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060585)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Comercio Textil (Mayor y Menor) de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 42
Lunes 3 de marzo de 2025

11353

Este permiso podrá disfrutarse de forma discontinua, previo acuerdo con la empresa.
— Tres días por traslado de domicilio.
— Dos días por asuntos propios al año, con comunicación a la empresa, con una antelación
de tres días y otorgándose por la empresa, por riguroso orden de petición en caso de
coincidencia.
Los días de asuntos propios, el disfrute podrá ser fraccionado en horas, sin que en ningún caso
la suma total de éstas supere el número de horas de la jornada diaria de trabajo que venga
realizando el trabajador o trabajadora.
Estos días de asuntos propios deberán de ser disfrutados obligatoriamente por las personas
trabajadoras antes de finalizar el año, y si terminado este no hubieran disfrutado los/las
trabajadores/as de dichos días o de alguno de ellos, la empresa le abonará al trabajador o
trabajadora afectado el importe de los mismos en la nómina del mes de diciembre del año
que resulte.
— El tiempo necesario para cumplir con un deber de carácter público y personal.
— El tiempo necesario para asistir al consultorio médico por razones de enfermedad que lo
justifique posteriormente con el parte médico que lo haya asistido.
— Los trabajadores/as podrán disfrutar del tiempo indispensable para acompañar a sus
hijos menores de edad y personas dependientes del/la trabajador/a, a la asistencia sanitaria, con un máximo de 20 horas anuales.
Licencias específicas para los inmigrantes:
Por el tiempo necesario para la renovación del permiso de trabajo y residencia del trabajador
o trabajadora, cónyuge o de sus descendientes directos.
Los trabajadores y trabajadoras inmigrantes con familiares en el extranjero, y por alguno
de los motivos o causas de nacimiento de su hijo o hija, o por fallecimiento, accidente o enfermedad graves u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad
o afinidad, podrán disfrutar de 3 días naturales, acumulados a los fijados para los referidos
permisos, al objeto de destinarlos al viaje que deba realizar.
Artículo 24. Jubilación anticipada.
Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente de cada momento.