Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. (2025060666)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establecen las reglas de aplicación para el mantenimiento y actualización del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y su utilización como instrumento de gestión en el marco del sistema integrado de gestión y control, así como del resto de regímenes de ayuda relacionados con la superficie en el ámbito de la Política Agrícola Común.
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NÚMERO 42
Lunes 3 de marzo de 2025
11320
k) Alegación a la información de la capa de bancales.
— Todo lo referente a la documentación general.
— Cualquier tipo de documentación que acredite modificación, eliminación o inclusión
en la capa.
l) Alegación a la incidencia relacionada con prados de siega: Incidencia 227 “prado susceptible de siega”.
— Todo lo referente a la documentación general.
— Cualquier tipo de documentación que acredite modificación, eliminación o inclusión
en la capa.
m) Alegación a la incidencia 231 “Disponibilidad no acreditada”:
— Todo lo referente a la documentación general.
— Documentación acreditativa de la disponibilidad, es decir, el derecho de uso de la
totalidad o la parte del recinto alegada.
1. E
n el caso de tenencia del recinto por derecho de propiedad, en todas las alegaciones SIGPAC se deberá aportar, al menos uno de los siguientes documentos:
• Certificación Catastral que acredite la titularidad catastral a su nombre.
• Escritura pública de compraventa donde consten las referencias catastrales.
• Nota Simple del Registro de la Propiedad con referencia catastral, Testamento
o Declaración de herederos.
• Otros que demuestren el derecho de uso de la explotación.
2. E
n el caso de tenencia basada en el ejercicio de otro derecho distinto al de propiedad se deberá entregar al menos uno de los siguientes documentos:
• Contrato de arrendamiento, contrato de aparcería, documento privado suscrito
por la persona propietaria que otorgue capacidad de uso y disfrute de su aprovechamiento con referencia catastral, liquidado de impuestos y en vigor.
n) O
tras no previstas anteriormente.
— Todo lo referente a la documentación general.
Lunes 3 de marzo de 2025
11320
k) Alegación a la información de la capa de bancales.
— Todo lo referente a la documentación general.
— Cualquier tipo de documentación que acredite modificación, eliminación o inclusión
en la capa.
l) Alegación a la incidencia relacionada con prados de siega: Incidencia 227 “prado susceptible de siega”.
— Todo lo referente a la documentación general.
— Cualquier tipo de documentación que acredite modificación, eliminación o inclusión
en la capa.
m) Alegación a la incidencia 231 “Disponibilidad no acreditada”:
— Todo lo referente a la documentación general.
— Documentación acreditativa de la disponibilidad, es decir, el derecho de uso de la
totalidad o la parte del recinto alegada.
1. E
n el caso de tenencia del recinto por derecho de propiedad, en todas las alegaciones SIGPAC se deberá aportar, al menos uno de los siguientes documentos:
• Certificación Catastral que acredite la titularidad catastral a su nombre.
• Escritura pública de compraventa donde consten las referencias catastrales.
• Nota Simple del Registro de la Propiedad con referencia catastral, Testamento
o Declaración de herederos.
• Otros que demuestren el derecho de uso de la explotación.
2. E
n el caso de tenencia basada en el ejercicio de otro derecho distinto al de propiedad se deberá entregar al menos uno de los siguientes documentos:
• Contrato de arrendamiento, contrato de aparcería, documento privado suscrito
por la persona propietaria que otorgue capacidad de uso y disfrute de su aprovechamiento con referencia catastral, liquidado de impuestos y en vigor.
n) O
tras no previstas anteriormente.
— Todo lo referente a la documentación general.