Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. (2025060666)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establecen las reglas de aplicación para el mantenimiento y actualización del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y su utilización como instrumento de gestión en el marco del sistema integrado de gestión y control, así como del resto de regímenes de ayuda relacionados con la superficie en el ámbito de la Política Agrícola Común.
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NÚMERO 42
Lunes 3 de marzo de 2025

11319

— Informe técnico. Documento donde se justifique el cambio solicitado. Debe cumplir
con las siguientes especificaciones:


• Deberá ser suscrito por personal técnico competente en materia agrícola/forestal;



• Estará compuesto por nombre y apellidos, DNI y firma del personal técnico/a,
fecha en la que se realizó la visita a campo, la cual no debe tener una antigüedad
superior a 6 meses, desde la visita.



• Es de obligado cumplimiento que el informe técnico sea preciso y debidamente
motivado, acreditando correctamente el cambio solicitado, siguiendo el contenido
mínimo que se indica en la página https://www.juntaex.es .

h) A
 legación a la información de la capa de franjas de protección de los cauces.
— Todo lo referente a la documentación general.
— Informe técnico. Documento donde se justifique el cambio solicitado. Debe cumplir
con las siguientes especificaciones:


• Deberá ser suscrito por personal técnico competente en materia agrícola/forestal;



• Estará compuesto por nombre y apellidos, DNI y firma del personal técnico/a,
fecha en la que se realizó la visita a campo, la cual no debe tener una antigüedad
superior a 6 meses, desde la visita.



• Es de obligado cumplimiento que el informe técnico sea preciso y debidamente
motivado, acreditando correctamente el cambio solicitado, siguiendo el contenido
mínimo que se indica en la página https://www.juntaex.es .

— Cualquier tipo de documentación justificada que acredite la modificación, eliminación
o inclusión de organismo público vinculante a este tipo de alegación.
i) Alegación a la información de la capa de zonas tradicionales del cultivo de arroz.
— Todo lo referente a la documentación general.
— Cualquier tipo de documentación que acredite modificación, eliminación o inclusión
en la capa.
j) Alegación a la información de la capa de olivar con dificultades específicas y alto valor
medioambiental.
— Todo lo referente a la documentación general.
— Cualquier tipo de documentación que acredite modificación, eliminación o inclusión
en la capa.