Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Incendios Forestales. (2025080336)
Anuncio de 21 de febrero de 2025 por el que se publica la ejecución subsidiaria de las actuaciones preventivas de la actualización de la Red de Defensa de la ZAR Monfragüe.
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NÚMERO 42
Lunes 3 de marzo de 2025

11431

De acuerdo con ello, en su artículo 36, se establecen las obligaciones de las personas propietarias y titulares de derechos reales o personales de uso y disfrute de terrenos o explotaciones
forestales, tanto públicos como privados, entre las que se encuentra la obligación de disponer
del correspondiente instrumento de gestión preventiva, realizar las actuaciones y trabajos
previstos en los mismos y acreditar el grado de ejecución de dichas actuaciones.
Por último, en su artículo 38, se determina que el Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de incendios forestales, podrá declarar de
interés general los trabajos incluidos en los instrumentos de planificación para la prevención
señalados en el artículo 18 de esa ley y determinar, en cada caso, el carácter oneroso o gratuito de la ejecución subsidiaria de la Administración.
Segundo. Por su parte, el Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura define, en su
artículo 2, la Red de Defensa como aquel sistema lineal preventivo de defensa diseñado por
la administración con competencia en incendios forestales que, interconectado con accesos,
sectoriza o fragmenta la vegetación de cada Zona de Alto Riesgo o de Protección Preferente.
Asimismo, en su artículo 12 determina que corresponde a las personas propietarias y titulares
de derechos reales o personales de uso y disfrute de terrenos forestales, tanto públicos como
privados, la realización de las medidas preventivas con las singularidades que se especifiquen
en la Orden Técnica del Plan PREIFEX y en las Órdenes de Declaración de Época de Peligro de
Incendios Forestales.
Tercero. La actualización de la Red de Defensa de la Zona de Alto Riesgo de Monfragüe, así
como la declaración de interés general de la ejecución subsidiaria no onerosa de ésta, se
formaliza mediante la aprobación del Decreto 143/2024, de 12 de noviembre, por el que se
actualiza el plan de defensa de la Zona de Alto Riesgo de Monfragüe, se modifica la planificación preventiva y se declara de interés general la ejecución de los trabajos e infraestructuras
preventivas de incendios forestales, mediante la previsión de la ejecución subsidiaria por la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En su capítulo II, el Decreto 143/2024 designa los órganos y unidades administrativas competentes para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento de ejecución de las
actuaciones preventivas que se declaran de interés general, estableciendo que corresponde
al órgano directivo con competencias en materia de prevención y extinción de incendios
forestales su iniciación oficiosa mediante Acuerdo, que se hace efectivo con fecha de 16 de
diciembre de 2024.