Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060526)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la organización profesional agraria Unión de Agricultores y Ganaderos de Extremadura para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

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Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes de la presente resolución, fuera de las circunstancias
y para los fines expresamente pactados en éste, ni una vez finalizada la ejecución de la misma.
E) DEVOLUCIÓN DE ACTIVOS.
Para el supuesto de que el cumplimiento de la resolución conlleve la entrega de activos, el Encargado del tratamiento
se compromete a la devolución de todos los activos de que haya dispuesto para el cumplimiento del mismo, ya sean
software, documentación corporativa, equipos y/o recursos materiales. Así mismo, si el personal del encargado dispone
de permisos de acceso a instalaciones o sistemas, estos deben ser devueltos o comunicados para su anulación en el
momento de finalización del plazo de vigencia de la resolución, respondiendo de su uso una vez finalizado.
El encargado del tratamiento se compromete a entregar a la Junta de Extremadura toda la información y
documentación resultante de los trabajos objeto de la presente resolución, viniendo obligado, además, a no mantener
documentación o almacenar información en locales o equipos ajenos o no autorizados por la Junta de Extremadura,
durante o una vez finalizado el plazo de ejecución de la resolución.
En los casos en que la Junta de Extremadura lo estime necesario podrá exigir al encargado del tratamiento
certificaciones de destrucción de documentos o eliminación de información de los equipos empleados para la realización
del objeto de la resolución, asimismo, podrá realizar revisiones de las instalaciones y procedimientos empleados por el
encargado del tratamiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el incumplimiento de estos compromisos y las consecuencias
derivadas de ello serán responsabilidad exclusiva del encargado del tratamiento, que responderá frente a terceros y
frente a la Administración de la Junta de Extremadura de los daños y perjuicios que pudieran generarse.
F) AUDITORÍA.
La Junta de Extremadura podrá exigir al encargado del tratamiento cualquier evidencia de cumplimiento con la
legislación aplicable, conforme a lo marcado en los acuerdos firmados por ambas partes, así como con los requisitos de
seguridad impuestos por parte de la Junta de Extremadura. Para ello la Junta de Extremadura se reserva el ejercicio de
los siguientes derechos:
 Revisar o auditar los mecanismos de salvaguarda de la Seguridad de la Información que tenga
implementados el encargado del tratamiento y que estén relacionados o implicados con los sistemas utilizados
en la ejecución de la resolución.
 Revisar o auditar el cumplimiento por parte del encargado del tratamiento con la legislación aplicable.
 Requerir al encargado del tratamiento los documentos derivados de los procesos de auditoría llevados
a cabo por éste, así como cualquier otra evidencia sobre el cumplimiento con el marco legal aplicable y con
los requisitos impuestos en la resolución.
 Solicitar la implementación de cualquier mecanismo organizativo, técnico o jurídico que considere
adecuado para garantizar la Seguridad de la Información.
Para facilitar el ejercicio de los anteriores derechos por parte de la Junta de Extremadura, el encargado del
tratamiento se compromete a facilitar y participar activamente en el desarrollo de las actividades anteriormente
descritas.
G) CUMPLIMIENTO CON LA POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
El Responsable del tratamiento dispone de una Política de Seguridad de la Información, así como de un Marco
Normativo para su desarrollo, los cuales establecen los controles de seguridad que se deben aplicar con objeto de
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU»