Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060527)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos-Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (APAG-ASAJA-Cáceres) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
11147
Son de aplicación las definiciones de fraude, corrupción y conflicto de intereses contenidas
a la Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión Europea (Directiva PIF), y en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras
aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento financiero de la UE).
Deberá presentar, modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) y
aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas, conforme a
los modelos anexo IV A y B de la citada orden, así como Declaración responsable relativa al
compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que
pudieran afectar al ámbito objeto de gestión conforme al modelo anexo IV C de la misma orden, modelos que aparecen publicados en el perfil del contratante del órgano de contratación.
En el momento en que la Asociación proceda a subcontratar, deberá obtener de cada subcontratista tanto la aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas, así como Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
conforme a los modelos establecidos en el apartado anterior. La Asociación queda obligada a
proporcionar a la Dirección General de Desarrollo Rural, en el plazo de 7 días, desde la formalización de la subcontratación la documentación a la que se refiere el apartado anterior. Se
deben recabar todos estos datos del subcontratista:
— NIF.
— Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
— Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
— Fecha de nacimiento o de constitución.
— Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar
cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación de conformidad
con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (modelo anexo IV.B).
— En su caso, información relativa al titular real de conformidad con el artículo 10 de la
Orden HFP/1031/2021 (NIF, nombre y fecha de nacimiento).
— Los subcontratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales
y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Viernes 28 de febrero de 2025
11147
Son de aplicación las definiciones de fraude, corrupción y conflicto de intereses contenidas
a la Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión Europea (Directiva PIF), y en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras
aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento financiero de la UE).
Deberá presentar, modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) y
aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas, conforme a
los modelos anexo IV A y B de la citada orden, así como Declaración responsable relativa al
compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que
pudieran afectar al ámbito objeto de gestión conforme al modelo anexo IV C de la misma orden, modelos que aparecen publicados en el perfil del contratante del órgano de contratación.
En el momento en que la Asociación proceda a subcontratar, deberá obtener de cada subcontratista tanto la aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas, así como Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
conforme a los modelos establecidos en el apartado anterior. La Asociación queda obligada a
proporcionar a la Dirección General de Desarrollo Rural, en el plazo de 7 días, desde la formalización de la subcontratación la documentación a la que se refiere el apartado anterior. Se
deben recabar todos estos datos del subcontratista:
— NIF.
— Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
— Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
— Fecha de nacimiento o de constitución.
— Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar
cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación de conformidad
con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (modelo anexo IV.B).
— En su caso, información relativa al titular real de conformidad con el artículo 10 de la
Orden HFP/1031/2021 (NIF, nombre y fecha de nacimiento).
— Los subcontratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales
y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.