Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060527)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos-Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (APAG-ASAJA-Cáceres) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
56 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
11146
Asimismo, los perceptores de fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la
Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea – Next Generation EU”, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios,
incluidos los medios de comunicación y el público.
Decimotercero. Condiciones específicas para fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En la tramitación y ejecución de la presente resolución se atenderá a las disposiciones normativas sobre el sistema de gestión y de información establecidas en la Orden HFP/1030/2021,de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se
establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Así mismo, es norma de aplicación la
Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia.
En aquellos expedientes que sean financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, para dar efectivo cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de
aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y al artículo 8.2 apartados d) y e) de
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el obligado deberá:
Facilitar la información que le sea requerida para acreditar el cumplimiento puntual de los
hitos y objetivos del componente concreto del PRTR a la consecución del cual contribuye el
objeto de la resolución.
Cumplir estrictamente con la normativa española y europea en relación con la prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses y, en especial, con
el Plan de medidas antifraude para la gestión de los fondos del plan de recuperación, transformación y resiliencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(https://www.juntaex.es/temas/administracion-publica/fondos-europeos/next-generation-eu ).
Viernes 28 de febrero de 2025
11146
Asimismo, los perceptores de fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la
Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea – Next Generation EU”, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios,
incluidos los medios de comunicación y el público.
Decimotercero. Condiciones específicas para fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En la tramitación y ejecución de la presente resolución se atenderá a las disposiciones normativas sobre el sistema de gestión y de información establecidas en la Orden HFP/1030/2021,de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se
establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Así mismo, es norma de aplicación la
Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia.
En aquellos expedientes que sean financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, para dar efectivo cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de
aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y al artículo 8.2 apartados d) y e) de
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el obligado deberá:
Facilitar la información que le sea requerida para acreditar el cumplimiento puntual de los
hitos y objetivos del componente concreto del PRTR a la consecución del cual contribuye el
objeto de la resolución.
Cumplir estrictamente con la normativa española y europea en relación con la prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses y, en especial, con
el Plan de medidas antifraude para la gestión de los fondos del plan de recuperación, transformación y resiliencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(https://www.juntaex.es/temas/administracion-publica/fondos-europeos/next-generation-eu ).