Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060590)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Pinofranqueado por el que se articula una ayuda mediante concesión directa para la financiación de actuaciones de reto demográfico con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT) del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, correspondiente a 2023.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

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en el presente convenio. De igual modo, deberá hacerse constar en el material impreso, así
como en la difusión que, en su caso, se haga por parte del Ayuntamiento del proyecto
El presente convenio, tras su suscripción y conforme lo previsto en los artículos 17 y 20 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
se deberá publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, se procederá a su anotación en la Base
de Datos de Subvenciones de Extremadura y se publicará en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones. Asimismo, conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21
de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, este convenio se publicará en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana.
Undécima. Requisitos y obligaciones del Ayuntamiento.
Son obligaciones del Ayuntamiento las que se establecen a continuación:
1. L
 icitar y adjudicar la redacción del proyecto denominado “Centro de formación y divulgación de la apicultura de Las Hurdes”, sobre la base de la memoria valorada presentada a la Consejería.
2. L
 icitar, adjudicar, ejecutar y dirigir las obras contratadas sobre la base de la memoria
valorada citada anteriormente.
3. L
 a propiedad de los terrenos y/o bienes que puedan verse afectados por el desarrollo
de esta subvención corresponderá al ayuntamiento.
4. R
 esponsabilizarse del cumplimiento de las disposiciones legales de carácter técnico en
el desarrollo de las actuaciones que enmarca el presente convenio.
5. I nformar a la Consejería si en el desarrollo de las actuaciones surgen variaciones con
respecto a la memoria valorada, aportando los documentos donde se indiquen y justifiquen los cambios a realizar junto con una valoración económica debidamente desglosada debiendo la Consejería aprobar formalmente las mismas.
6. L
 as modificaciones no podrán implicar un cambio de finalidad ni darán derecho a un
incremento de la aportación regional.
7. I nformar y publicitar de los fondos empleados por las administraciones públicas que
lo financian, para la ejecución del proyecto denominado “Centro de formación y divulgación de la apicultura de Las Hurdes”, dejando constancia mediante la colocación de
los carteles o paneles desde el inicio hasta el plazo de la finalización de la actuación,
conforme a lo establecido en el del Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.