Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060590)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Pinofranqueado por el que se articula una ayuda mediante concesión directa para la financiación de actuaciones de reto demográfico con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT) del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, correspondiente a 2023.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

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actividad, desde puntos de vista diversos como pueden ser el económico, social y ambiental, entre otros.
El proyecto contempla una serie de edificaciones que albergan los distintos servicios necesarios para su funcionamiento, divulgación/exposición, adecuación del entorno, así como
la urbanización exterior de dichos terrenos, conforme a la memoria valorada presentada
por el Ayuntamiento, que a estos efectos se entiende incorporada como anexo II del presente convenio.
2. E
 l artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, contempla que podrá concederse de forma directa, sin convocatoria previa, una serie de subvenciones, entre las que incluye, en su letra c), aquellas
en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras
debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Por su parte, en el apartado 1.b) del artículo 32 de la citada norma legal, se establece
que se consideran supuestos excepcionales de concesión directa aquellos en los que el
perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios
señalen genéricamente una finalidad cuya competencia esté atribuida a las corporaciones
locales y a la Comunidad Autónoma.
Por consiguiente, el presente convenio se ajusta a lo establecido en la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la concesión
directa, sin convocatoria previa de subvenciones, puesto que se estima que se encuentran
acreditadas las razones de interés público, social y económico que motivan el referido
procedimiento, de acuerdo con su artículo 22. 4. c), y concurren asimismo las circunstancias especificadas en el artículo 32.1, letra b) de la ley mencionada, como se explicita a
continuación:
La población de Las Hurdes reside en municipios catalogados como rurales, pues ninguno
supera los 2.000 habitantes. Los datos reflejan que la comarca es eminentemente agrícola, ya que su porcentaje ocupación en el sector primario (principalmente apicultura) es
elevado, incluso un 9% más alto que el empleo a nivel provincial en el mismo sector, o
también superior en un 3,8% a la tasa de ocupación a nivel nacional.
La producción apícola se configura como uno de los mejores modelos de producción sostenible, donde confluyen intereses económicos y sociales al contribuir a la fijación de la
población en el medio rural (ayudando en la lucha contra el reto demográfico), derivando
también en impactos medioambientales positivos, ya que se trata de una producción totalmente respetuosa con el medio ambiente y constituye una prestación de servicios a la
sociedad mediante la polinización de nuestros campos.