Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060531)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Mancomunidad de Municipios La Serena para la prestación de los servicios de atención temprana y habilitación funcional dirigidos a personas con discapacidad.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
10855
IV. Recursos humanos y materiales mínimos necesarios para la prestación del servicio.
1. L
a entidad deberá disponer del personal preciso para atender la realización de las
prestaciones convenidas, el cual deberá cumplir los requisitos establecidos en la normativa que sea de aplicación y en lo establecido en la presente convocatoria.
Dicho personal dependerá exclusivamente de la entidad conveniada, por cuanto estas
tendrán todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresarias y
deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad
social, de integración social de las personas con discapacidad, igualdad de género y
seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la Mancomunidad no implicará
responsabilidad alguna para la Administración.
Los perfiles de atención se pueden definir entendiendo como un equipo multidisciplinar para hacer frente a las capacidades necesarias que le permitan conseguir los
objetivos marcados para el servicio, garantizando un estándar de calidad y de costes
de funcionamiento. El personal deberá estar suficientemente preparado en cuanto a
conocimientos técnicos y poseer la empatía necesaria para prestar la mejor atención.
Un servicio de atención temprana ha de contar con los profesionales que tengan la
titulación y cualificación debidamente probada para realizar las siguientes funciones:
— Estimulación.
— Fisioterapia.
— Logopedia.
— Psicomotricidad.
— Evaluación y apoyo psicológico.
— Evaluación social.
Con objeto de definir un modelo flexible y operativo que nos permita resolver las
necesidades de atención emanadas de cada discapacidad se propone, en el ámbito
profesional, un modelo de intervención donde se marquen tipologías de profesionales definidas por su titulación, con objeto de integrar dentro de un esquema más
simple un conjunto de profesionales y con ello de competencias técnicas dirigidas a
cubrir necesidades de atención específicas y, con ello, potenciar el desarrollo de cada
niño y niña.
Viernes 28 de febrero de 2025
10855
IV. Recursos humanos y materiales mínimos necesarios para la prestación del servicio.
1. L
a entidad deberá disponer del personal preciso para atender la realización de las
prestaciones convenidas, el cual deberá cumplir los requisitos establecidos en la normativa que sea de aplicación y en lo establecido en la presente convocatoria.
Dicho personal dependerá exclusivamente de la entidad conveniada, por cuanto estas
tendrán todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresarias y
deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad
social, de integración social de las personas con discapacidad, igualdad de género y
seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la Mancomunidad no implicará
responsabilidad alguna para la Administración.
Los perfiles de atención se pueden definir entendiendo como un equipo multidisciplinar para hacer frente a las capacidades necesarias que le permitan conseguir los
objetivos marcados para el servicio, garantizando un estándar de calidad y de costes
de funcionamiento. El personal deberá estar suficientemente preparado en cuanto a
conocimientos técnicos y poseer la empatía necesaria para prestar la mejor atención.
Un servicio de atención temprana ha de contar con los profesionales que tengan la
titulación y cualificación debidamente probada para realizar las siguientes funciones:
— Estimulación.
— Fisioterapia.
— Logopedia.
— Psicomotricidad.
— Evaluación y apoyo psicológico.
— Evaluación social.
Con objeto de definir un modelo flexible y operativo que nos permita resolver las
necesidades de atención emanadas de cada discapacidad se propone, en el ámbito
profesional, un modelo de intervención donde se marquen tipologías de profesionales definidas por su titulación, con objeto de integrar dentro de un esquema más
simple un conjunto de profesionales y con ello de competencias técnicas dirigidas a
cubrir necesidades de atención específicas y, con ello, potenciar el desarrollo de cada
niño y niña.