Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060531)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Mancomunidad de Municipios La Serena para la prestación de los servicios de atención temprana y habilitación funcional dirigidos a personas con discapacidad.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

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que ostente su representación legal. El SEPAD podrá modificar este reglamento cuando
entienda que por su errónea aplicación pueda lesionar los derechos o intereses de las
personas usuarias.
— Incidencias: la entidad está obligada a notificar al responsable del convenio cuando se
produzca la incidencia, ya sea alta, baja, ingreso o cualquier circunstancia que afecte a
las personas usuarias, disponiendo para ello de un plazo de tres días a contar desde la
producción de la causa.
— Coste de los servicios: la entidad no exigirá a las personas usuarias contraprestación
alguna por la prestación del servicio convenido.
— Servicios complementarios: las actividades complementarias realizadas deberán ser
abonadas por las personas usuarias siendo de carácter voluntario su realización. Cuando se realice este tipo de actividades se debe solicitar autorización previa al SEPAD.
— Previsiones en caso de huelga: en el supuesto de huelga, la entidad deberá informar al
SEPAD de cualquier incidencia que pueda surgir. En todo caso se deberá garantizar la
prestación de los servicios mínimos.
— Contratación de un seguro de responsabilidad civil con efectos desde el 1 de enero de
2025 y mantenerlo vigente durante el convenio.
— Debido a que los servicios incluidos en este convenio pueden estar destinados a atender
a personas menores de edad, la Mancomunidad dispondrá de las certificaciones negativas del Registro Central de delincuentes sexuales que acredite que el personal que preste servicios en sus instalaciones, cumple el requisito previsto en el artículo 57 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral de la infancia y la adolescencia
frente a la violencia.
La Consejería de Salud y Servicios Sociales tendrá las siguientes obligaciones:
— Realizar el pago de los compromisos económicos asumidos con la suscripción del presente convenio en los términos regulados en el mismo.
— Asesorar, a solicitud de la Mancomunidad de municipios de la Serena, respecto a la organización funcional de la prestación.
— Prestar, en la medida de sus posibilidades, la asistencia técnica que estos precisen en el
desarrollo de las actuaciones y funciones convenidas.
— Proporcionar información a la Mancomunidad de municipios de la Serena sobre novedades legislativas o administrativas que puedan resultar de su interés para el adecuado
desarrollo de los servicios.