Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. (2025050032)
Orden de 11 de febrero de 2025 por la que se realiza la convocatoria extraordinaria correspondiente a la anualidad 2025, para la incorporación de las compañías a la oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura o para la presentación de nuevos espectáculos no incluidos en ofertas anteriores.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 40
Jueves 27 de febrero de 2025

10519

2. Cada empresa podrá solicitar su participación e incorporación a la programación con los
límites que se expresan a continuación:
— Extremeña: máximo 3 espectáculos.
— No extremeña: máximo 1 espectáculo.
— Empresas distribuidoras o management, máximo 3 espectáculos, y de estos, máximo 1
espectáculo de una empresa de fuera de la Comunidad.
Artículo 3. Solicitudes y plazo de presentación.
1. La participación en la oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura se concederá a solicitud de las empresas de actividades escénicas y
musicales que se formalizará a través del anexo que se acompaña.
2. 
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ).
No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo,
las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la convocatoria.
3. L
 as solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las solicitudes debidamente cumplimentadas y firmadas, con el certificado digital correspondiente, por la persona física, o la persona que ostente la representación legal de
la entidad en el caso de personas jurídicas, se dirigirán al Secretario General de Cultura,
de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura,
se formalizarán en el anexo adjunto a esta orden, a disposición de las personas o entidades interesadas en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites,
en el siguiente enlace https://www.juntaex.es/w/0638022 .
b) Las solicitudes, junto con el resto de documentación requerida, deberán ser presentadas de modo telemático. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la
totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de
acceso general electrónico https://www.juntaex.es/, dentro de la ficha correspondiente
al trámite. https://www.juntaex.es/w/0638022 .
Las personas o entidades interesadas deberán disponer para la autenticación y para la
firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone
de ellos, podrán ser obtenidos en las direcciones electrónicas siguientes: