Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060488)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Industrias Cristian Lay, SA.
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NÚMERO 37
Lunes 24 de febrero de 2025
10229
Artículo 22. Definición de los Grupos Profesionales.
Los Grupos Profesionales agrupan las diversas tareas, actividades y funciones que se realizan,
dentro de las Divisiones Orgánicas funcionales en las que se divide la empresa.
Dichas Divisiones Orgánicas funcionales son:
A) Logística.
Artículo 22.1 Definición de factores para la Clasificación Profesional.
I. Competencia. Conjunto de conocimientos, experiencia y habilidad requeridos para el
desempeño normal de un puesto con independencia de su forma de adquisición, referidos a una función o actividad empresarial.
II. Cometido-iniciativa. Calidad y autonomía del pensamiento requerido por el puesto para
identificar, definir y encontrar soluciones a los problemas que se le presenten (utilización de la competencia), así como la mayor o menor dependencia de directrices o
normas.
III. Responsabilidad. Condición de “responder” por las acciones y decisiones y sus consecuencias. Implica libertad para actuar en el nivel de autonomía de decisión y acción
dado al puesto de trabajo para el logro de sus resultados.
IV. Polivalencia. El desempeño de varios puestos, tareas o funciones, que, aun siendo
diferentes, forman parte de la principal actividad productiva de la empresa, con el
suficiente conocimiento especializado y una práctica adecuada en cada uno de ellos.
Posibilitando su ocupación en cualquier circunstancia y sin requerir una formación y
adaptación previa para su óptimo desarrollo, por contar con ella. La polivalencia estará
determinada por los siguientes porcentajes:
75%: Ejecuta trabajos cualificados de al menos cuatro especialidades, de manera
continua o esporádica según las necesidades de producción, con una habilidad particular y un conocimiento profesional adquirido por una intensa práctica de la especialidad en cada uno de ellos. Maneja al menos 4 secciones dentro de su área.
100%: Ejecuta trabajos cualificados de más de cuatro especialidades, de manera
continua o esporádica según las necesidades de producción, con una habilidad particular y un conocimiento profesional adquirido por una intensa práctica de la especialidad en cada uno de ellos. Maneja prácticamente todas las secciones de su área
y puede desarrollar trabajos perfectamente en todas y cada una de ellas.
Lunes 24 de febrero de 2025
10229
Artículo 22. Definición de los Grupos Profesionales.
Los Grupos Profesionales agrupan las diversas tareas, actividades y funciones que se realizan,
dentro de las Divisiones Orgánicas funcionales en las que se divide la empresa.
Dichas Divisiones Orgánicas funcionales son:
A) Logística.
Artículo 22.1 Definición de factores para la Clasificación Profesional.
I. Competencia. Conjunto de conocimientos, experiencia y habilidad requeridos para el
desempeño normal de un puesto con independencia de su forma de adquisición, referidos a una función o actividad empresarial.
II. Cometido-iniciativa. Calidad y autonomía del pensamiento requerido por el puesto para
identificar, definir y encontrar soluciones a los problemas que se le presenten (utilización de la competencia), así como la mayor o menor dependencia de directrices o
normas.
III. Responsabilidad. Condición de “responder” por las acciones y decisiones y sus consecuencias. Implica libertad para actuar en el nivel de autonomía de decisión y acción
dado al puesto de trabajo para el logro de sus resultados.
IV. Polivalencia. El desempeño de varios puestos, tareas o funciones, que, aun siendo
diferentes, forman parte de la principal actividad productiva de la empresa, con el
suficiente conocimiento especializado y una práctica adecuada en cada uno de ellos.
Posibilitando su ocupación en cualquier circunstancia y sin requerir una formación y
adaptación previa para su óptimo desarrollo, por contar con ella. La polivalencia estará
determinada por los siguientes porcentajes:
75%: Ejecuta trabajos cualificados de al menos cuatro especialidades, de manera
continua o esporádica según las necesidades de producción, con una habilidad particular y un conocimiento profesional adquirido por una intensa práctica de la especialidad en cada uno de ellos. Maneja al menos 4 secciones dentro de su área.
100%: Ejecuta trabajos cualificados de más de cuatro especialidades, de manera
continua o esporádica según las necesidades de producción, con una habilidad particular y un conocimiento profesional adquirido por una intensa práctica de la especialidad en cada uno de ellos. Maneja prácticamente todas las secciones de su área
y puede desarrollar trabajos perfectamente en todas y cada una de ellas.