Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Viviendas. (2024040276)
Decreto 164/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula el Registro de demandantes de vivienda protegida de Extremadura y se modifica el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 135/2018, de 1 de agosto, así como el Decreto 115/2006, de 27 de junio, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 34
Miércoles 19 de febrero de 2025

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protegida contempladas en el artículo 2, y postergando la efectividad de la referencia que la
norma hace a las familias monoparentales a la entrada en vigor de la Ley estatal que regule
su alcance y contenido, de manera que permita identificar a las familias que reúnan dicha
condición.
El decreto tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de
acuerdo con lo establecido en los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley 8/2011, de 23 de
marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura,
asumiendo la Administración Autonómica, así, la obligación de garantizar la integración de la
perspectiva de género en el diseño de las políticas y los planes en materia de vivienda.
El presente decreto se adecúa a los principios de buena regulación contenidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa se encuentra
justificada por una razón de interés general, habiéndose identificado los fines perseguidos y
considerando el decreto el instrumento más adecuado para garantizar su consecución. Por
otra parte, las medidas que contempla se consideran adecuadas y proporcionadas a los fines
perseguidos, no habiéndose identificado otras menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a las personas destinatarias. La norma respeta el principio de eficiencia, no imponiéndose más cargas que las estrictamente necesarias. La iniciativa normativa
salvaguarda el principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el ordenamiento jurídico
y no generando incertidumbre, de manera que pueda comprometer su conocimiento o la toma
de decisiones. Para terminar, en la tramitación del proyecto normativo se ha respetado el principio de transparencia, publicándose el texto en el Portal de la Transparencia, debatiéndose en
el seno del Consejo Asesor de Vivienda de Extremadura y remitiéndose a los órganos consultivos de la Administración autonómica. Asimismo, el proyecto normativo cuenta con informe
favorable de la Abogacía General y de la Intervención General de Junta de Extremadura.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, asigna a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
las competencias en materia de infraestructuras viarias, transporte, ordenación del territorio,
urbanismo y vivienda.
En su virtud y al amparo de lo establecido en los artículos 23.h), 36.f) y 90.2 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma