Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2025ED0004)
Edicto de 31 de enero de 2025 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
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NÚMERO 31

8272

Viernes 14 de febrero de 2025

II
Por su parte, la Diputación Provincial de Cáceres a través del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante OARGT, tiene a su vez la competencia que específicamente le atribuye el artículo 36.1-b de la citada Ley, de asistencia y cooperación jurídica,
económica y técnica a los Ayuntamientos, a través de los correspondientes convenios administrativos.
III
Y para dar efectividad a la voluntad de las Corporaciones respectivas, las dos partes establecen el presente convenio que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES:
Primera. Contenido y exclusividad de las funciones delegadas.
El Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar delega en el OARGT de la Excelentísima Diputación Provincial de Cáceres, la Gestión Tributaria y la Recaudación de sus tributos locales conforme a
lo siguiente:
I) Gestión tributaria y recaudación:
— Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
— Impuesto sobre Actividades Económicas.
— Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
— Tasa de Agua.
— Tasa de Basura.
— Tasa de Alcantarillado.
— Tasa del servicio de saneamiento en alta y depuración de aguas residuales.
— Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras.
II) Recaudación en periodo voluntario y ejecutivo:
— Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
— Impuesto sobre Actividades Económicas.