Fundación Fundecyt-pctex. Procesos Selectivos. (2025080192)
Anuncio de 5 de febrero de 2025 sobre bases de convocatoria y oferta (Proyecto ALCHEMHY).
32 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 29
7740
Miércoles 12 de febrero de 2025
Descripción del criterio de selección
Puntuación máxima
(40 puntos)
Evaluación proporcionada por 2 referencias en conversación
telefónica
Hasta 4 puntos
Interés del candidato/a para integrarse en la organización y en el
despeño de la plaza convocada
Hasta 10 puntos
Adecuación de los conocimientos, experiencia y demás requisitos
exigidos al perfil del candidato/a
Hasta 10 puntos
Competencias, aptitudes, habilidades y capacidades: directivas, organizativas, analíticas, de gestión de equipos humanos, de comunicación
Hasta 8 puntos
Habilidades de comunicación en lengua inglesa y/o española y/o
portuguesa
Hasta 8 puntos
Quedarán excluidos los aspirantes que no alcancen un mínimo de:
25 puntos
En su caso, los aspirantes/as serán convocados, telefónicamente o de forma fehaciente, para fijar la fecha y hora de la entrevista.
La resolución final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en ambas fases.
9. F
inalización del procedimiento selectivo.
Finalizado el proceso selectivo, el Órgano de Selección elevará al Director Gerente para
su aprobación, mediante acta levantada al efecto, la propuesta de personas seleccionadas
para cubrir las plazas convocadas, junto con la relación ordenada de las restantes, constituyéndose una lista de espera que tendrá la regulación del apartado 12 de estas bases.
Junto con el acta, el Órgano de Selección emitirá un informe firmado por la persona que
ostente la presidencia del Órgano de Selección donde se describa el procedimiento selectivo, la evaluación y la justificación de la idoneidad de la persona seleccionada, en base a
los criterios y subcriterios dispuestos en el apartado 8 de estas bases de contratación.
El Órgano de Selección también podrá elevar al Director Gerente, para su aprobación, la
declaración de desierto del concurso-oposición (completa o de alguna de las plazas), si
considera que, tras la finalización de cualquiera de las fases del sistema o proceso de selección, ningún aspirante reúne el perfil idóneo para su cobertura.
7740
Miércoles 12 de febrero de 2025
Descripción del criterio de selección
Puntuación máxima
(40 puntos)
Evaluación proporcionada por 2 referencias en conversación
telefónica
Hasta 4 puntos
Interés del candidato/a para integrarse en la organización y en el
despeño de la plaza convocada
Hasta 10 puntos
Adecuación de los conocimientos, experiencia y demás requisitos
exigidos al perfil del candidato/a
Hasta 10 puntos
Competencias, aptitudes, habilidades y capacidades: directivas, organizativas, analíticas, de gestión de equipos humanos, de comunicación
Hasta 8 puntos
Habilidades de comunicación en lengua inglesa y/o española y/o
portuguesa
Hasta 8 puntos
Quedarán excluidos los aspirantes que no alcancen un mínimo de:
25 puntos
En su caso, los aspirantes/as serán convocados, telefónicamente o de forma fehaciente, para fijar la fecha y hora de la entrevista.
La resolución final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en ambas fases.
9. F
inalización del procedimiento selectivo.
Finalizado el proceso selectivo, el Órgano de Selección elevará al Director Gerente para
su aprobación, mediante acta levantada al efecto, la propuesta de personas seleccionadas
para cubrir las plazas convocadas, junto con la relación ordenada de las restantes, constituyéndose una lista de espera que tendrá la regulación del apartado 12 de estas bases.
Junto con el acta, el Órgano de Selección emitirá un informe firmado por la persona que
ostente la presidencia del Órgano de Selección donde se describa el procedimiento selectivo, la evaluación y la justificación de la idoneidad de la persona seleccionada, en base a
los criterios y subcriterios dispuestos en el apartado 8 de estas bases de contratación.
El Órgano de Selección también podrá elevar al Director Gerente, para su aprobación, la
declaración de desierto del concurso-oposición (completa o de alguna de las plazas), si
considera que, tras la finalización de cualquiera de las fases del sistema o proceso de selección, ningún aspirante reúne el perfil idóneo para su cobertura.