Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060318)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Intradministrativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud para el fomento de actuaciones que favorezcan la promoción de la salud mental en los centros educativos y que establezcan los mecanismos de coordinación entre ambas instituciones.
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NÚMERO 28
Martes 11 de febrero de 2025
7473
Tercera. Compromisos de las partes.
1. A
mbas partes acuerdan los siguientes compromisos de forma conjunta:
a) Colaborar en el diseño y aplicación de actuaciones y programas para la sensibilización,
prevención y promoción en materia de salud mental dirigidas a minimizar los factores
de riesgo y aumentar los factores protectores entre niños, niñas y adolescentes.
b) Fomentar y garantizar la coordinación entre los Equipos Específicos de atención al alumnado con Trastornos Graves de Conducta (EETGC) y los Equipos de Salud Mental Infantojuvenil (ESMIJ) o los Equipos de Salud Mental (ESM), facilitando dicho encuentro,
recabando el consentimiento informado y cumpliendo siempre con la legislación vigente
en materia de protección de datos.
c) Colaborar, planificar y difundir entre la comunidad educativa y la Red de Salud Mental
las actuaciones objeto de este convenio a fin de favorecer la sensibilización, formación
y el asesoramiento sobre la prevención de los trastornos mentales y la promoción de la
salud mental en el ámbito educativo.
d) Colaborar en la elaboración y publicación de guías, programas, o materiales de apoyo
que favorezcan la prevención de los trastornos mentales y la promoción de la salud
mental.
e) G
arantizar la constitución y participación de la Comisión de Seguimiento constituida
para el seguimiento y evaluación de las actuaciones marcadas y el desarrollo de mecanismos de coordinación propuestos en el presente convenio.
f) Vigilar el desarrollo del convenio y valorar la ampliación del mismo, si fuera necesario,
con el fin de responder a otras necesidades que se puedan plantear en el futuro.
g) Velar por el desarrollo de las actuaciones de coordinación planteadas en el presente
convenio, dentro de la legalidad vigente, estableciendo los mecanismos que garanticen
la confidencialidad, privacidad y derecho a la intimidad de las y los menores y sus
familias.
h) T
odas las acciones de coordinación recabarán únicamente la información estrictamente
necesaria para el desempeño de las tareas para las que han sido requeridas y siempre
con la autorización de las personas que ejercen la representación de la tutela legal.
2. A
simismo, el Servicio Extremeño de Salud adquiere los siguientes compromisos:
a) Facilitar la organización y gestión de las actividades objeto del presente convenio a través de un mínimo de dos profesionales de la Subdirección de Salud Mental del Servicio
Extremeño de Salud.
Martes 11 de febrero de 2025
7473
Tercera. Compromisos de las partes.
1. A
mbas partes acuerdan los siguientes compromisos de forma conjunta:
a) Colaborar en el diseño y aplicación de actuaciones y programas para la sensibilización,
prevención y promoción en materia de salud mental dirigidas a minimizar los factores
de riesgo y aumentar los factores protectores entre niños, niñas y adolescentes.
b) Fomentar y garantizar la coordinación entre los Equipos Específicos de atención al alumnado con Trastornos Graves de Conducta (EETGC) y los Equipos de Salud Mental Infantojuvenil (ESMIJ) o los Equipos de Salud Mental (ESM), facilitando dicho encuentro,
recabando el consentimiento informado y cumpliendo siempre con la legislación vigente
en materia de protección de datos.
c) Colaborar, planificar y difundir entre la comunidad educativa y la Red de Salud Mental
las actuaciones objeto de este convenio a fin de favorecer la sensibilización, formación
y el asesoramiento sobre la prevención de los trastornos mentales y la promoción de la
salud mental en el ámbito educativo.
d) Colaborar en la elaboración y publicación de guías, programas, o materiales de apoyo
que favorezcan la prevención de los trastornos mentales y la promoción de la salud
mental.
e) G
arantizar la constitución y participación de la Comisión de Seguimiento constituida
para el seguimiento y evaluación de las actuaciones marcadas y el desarrollo de mecanismos de coordinación propuestos en el presente convenio.
f) Vigilar el desarrollo del convenio y valorar la ampliación del mismo, si fuera necesario,
con el fin de responder a otras necesidades que se puedan plantear en el futuro.
g) Velar por el desarrollo de las actuaciones de coordinación planteadas en el presente
convenio, dentro de la legalidad vigente, estableciendo los mecanismos que garanticen
la confidencialidad, privacidad y derecho a la intimidad de las y los menores y sus
familias.
h) T
odas las acciones de coordinación recabarán únicamente la información estrictamente
necesaria para el desempeño de las tareas para las que han sido requeridas y siempre
con la autorización de las personas que ejercen la representación de la tutela legal.
2. A
simismo, el Servicio Extremeño de Salud adquiere los siguientes compromisos:
a) Facilitar la organización y gestión de las actividades objeto del presente convenio a través de un mínimo de dos profesionales de la Subdirección de Salud Mental del Servicio
Extremeño de Salud.