Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060318)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Intradministrativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud para el fomento de actuaciones que favorezcan la promoción de la salud mental en los centros educativos y que establezcan los mecanismos de coordinación entre ambas instituciones.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 28
Martes 11 de febrero de 2025
7474
b) Establecer los mecanismos de información y coordinación necesarios con los Equipos
de Salud Mental Infantojuvenil y Equipos de Salud Mental de la Red de Salud Mental
de Extremadura que aseguren la consecución de los compromisos y actuaciones
establecidos en este convenio.
c) Garantizar el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en el ámbito sanitario, y la
Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de
derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
3. P
or su parte, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional adquiere los siguientes compromisos:
a) Facilitar la organización y gestión de las actividades objeto del presente convenio a través de un mínimo de dos profesionales del Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
b) Establecer los cauces de difusión y coordinación necesarios con los centros educativos y
con los profesionales de los Equipos específicos de Trastornos Graves de Conducta que
aseguren la consecución de los compromisos establecidos en este convenio.
c) Asegurar la protección de los datos del alumnado y la confidencialidad de la información.
Cuarta. Financiación.
La firma de este convenio no supone incremento, ni gasto, ni imputación directa o indirecta
de ninguna partida presupuestaria correspondiente para ni para Consejería con competencias
en materia educativa, ni para el Servicio Extremeño de Salud.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
1. C
on el objeto de garantizar el cumplimiento de los fines de este convenio la Comisión
Técnica será la encargada del adecuado seguimiento de las actuaciones y compromisos
conveniados.
2. C
orresponde a esta Comisión de seguimiento, la interpretación de las cláusulas del presente Convenio, así como la resolución de cuantas dudas e incidencias pudieran plantearse
para su cumplimiento, ejecución y consecución de sus fines. Además, le corresponden las
siguientes funciones:
a) Proponer e impulsar actuaciones para la promoción de salud mental en centros
educativos.
Martes 11 de febrero de 2025
7474
b) Establecer los mecanismos de información y coordinación necesarios con los Equipos
de Salud Mental Infantojuvenil y Equipos de Salud Mental de la Red de Salud Mental
de Extremadura que aseguren la consecución de los compromisos y actuaciones
establecidos en este convenio.
c) Garantizar el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en el ámbito sanitario, y la
Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de
derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
3. P
or su parte, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional adquiere los siguientes compromisos:
a) Facilitar la organización y gestión de las actividades objeto del presente convenio a través de un mínimo de dos profesionales del Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
b) Establecer los cauces de difusión y coordinación necesarios con los centros educativos y
con los profesionales de los Equipos específicos de Trastornos Graves de Conducta que
aseguren la consecución de los compromisos establecidos en este convenio.
c) Asegurar la protección de los datos del alumnado y la confidencialidad de la información.
Cuarta. Financiación.
La firma de este convenio no supone incremento, ni gasto, ni imputación directa o indirecta
de ninguna partida presupuestaria correspondiente para ni para Consejería con competencias
en materia educativa, ni para el Servicio Extremeño de Salud.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
1. C
on el objeto de garantizar el cumplimiento de los fines de este convenio la Comisión
Técnica será la encargada del adecuado seguimiento de las actuaciones y compromisos
conveniados.
2. C
orresponde a esta Comisión de seguimiento, la interpretación de las cláusulas del presente Convenio, así como la resolución de cuantas dudas e incidencias pudieran plantearse
para su cumplimiento, ejecución y consecución de sus fines. Además, le corresponden las
siguientes funciones:
a) Proponer e impulsar actuaciones para la promoción de salud mental en centros
educativos.