Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060318)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Intradministrativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud para el fomento de actuaciones que favorezcan la promoción de la salud mental en los centros educativos y que establezcan los mecanismos de coordinación entre ambas instituciones.
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NÚMERO 28
Martes 11 de febrero de 2025
7477
d) Las partes reconocen que ambas pueden actuar como cedentes o cesionarios de la información que se compartirá como parte del objeto de este Acuerdo.
6.3.1. Legitimación de la comunicación de los datos.
De conformidad con lo previsto en la normativa vigente, las partes hacen constar que EL
CESIONARIO tratará los datos personales comunicados por parte de EL CEDENTE para las
finalidades descritas en la cláusula anterior.
La base legitimadora para la realización de tales tratamientos de datos por parte de EL CESIONARIO radica en el consentimiento del interesado, así como en las previsiones legales
que, entre otras, se detallan a continuación:
a) Resolución de 14 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba la
política de privacidad y seguridad de la información del Servicio Extremeño de Salud
(DOE núm. 121, de 25 de junio de 2021).
b) Política de Privacidad y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 132, de 9 de julio de 2018).
c) Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En este sentido, EL CESIONARIO manifiesta que, en los supuestos en los que resulte necesario, ha obtenido el consentimiento expreso del interesado para el tratamiento de dichos
datos, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos personales y demás normativa que resulte de aplicación.
6.3.2. Identificación de los datos.
Con base en el desarrollo de la relación formalizada entre las partes e identificada en el Expositivo del presente Acuerdo y, para alcanzar las finalidades de tratamiento derivadas de
la cesión de datos formalizada a través del presente documento, EL CEDENTE comunicará
a EL CESIONARIO datos personales de las siguientes tipologías:
a) Historia social y cualquier información relevante en el proceso.
b) Información relacionada con la situación escolar y educativa.
c) Aquella información sanitaria que resulte necesaria para la prestación de la atención
objeto de este Acuerdo, siempre que dicha necesidad esté avalada por un profesional
sanitario del SES.
Martes 11 de febrero de 2025
7477
d) Las partes reconocen que ambas pueden actuar como cedentes o cesionarios de la información que se compartirá como parte del objeto de este Acuerdo.
6.3.1. Legitimación de la comunicación de los datos.
De conformidad con lo previsto en la normativa vigente, las partes hacen constar que EL
CESIONARIO tratará los datos personales comunicados por parte de EL CEDENTE para las
finalidades descritas en la cláusula anterior.
La base legitimadora para la realización de tales tratamientos de datos por parte de EL CESIONARIO radica en el consentimiento del interesado, así como en las previsiones legales
que, entre otras, se detallan a continuación:
a) Resolución de 14 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba la
política de privacidad y seguridad de la información del Servicio Extremeño de Salud
(DOE núm. 121, de 25 de junio de 2021).
b) Política de Privacidad y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 132, de 9 de julio de 2018).
c) Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En este sentido, EL CESIONARIO manifiesta que, en los supuestos en los que resulte necesario, ha obtenido el consentimiento expreso del interesado para el tratamiento de dichos
datos, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos personales y demás normativa que resulte de aplicación.
6.3.2. Identificación de los datos.
Con base en el desarrollo de la relación formalizada entre las partes e identificada en el Expositivo del presente Acuerdo y, para alcanzar las finalidades de tratamiento derivadas de
la cesión de datos formalizada a través del presente documento, EL CEDENTE comunicará
a EL CESIONARIO datos personales de las siguientes tipologías:
a) Historia social y cualquier información relevante en el proceso.
b) Información relacionada con la situación escolar y educativa.
c) Aquella información sanitaria que resulte necesaria para la prestación de la atención
objeto de este Acuerdo, siempre que dicha necesidad esté avalada por un profesional
sanitario del SES.