Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060239)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, y la Autoescuela Luis Miguel Martín Rivas para la adhesión al programa de ayudas regulado en el Decreto 113/2024, de 10 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa "Bono formación del sector del transporte", destinado a la mejora de la empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas en el sector del transporte de mercancías y de viajeros y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 22
Lunes 3 de febrero de 2025

6610

— Encontrarse en alta en el Sistema de Alta de Terceros de la Junta de Extremadura, indicando la cuenta corriente de la entidad en la que se emitirá el pago.
Cuarta. Compromisos y obligaciones de contenido económico.
1. E
 l SEXPE aportará, por la participación de la autoescuela para el desarrollo del presente
convenio, la cantidad correspondiente en función del tipo de permiso de conducción por
cada alumno/a beneficiario/a del bono, considerando como tal a quien haya participado en
la actividad formativa subvencionada y concurrido al examen teórico para la obtención del
correspondiente permiso. La autoescuela no percibirá cantidad alguna en el caso de que la
persona beneficiaria no complete la formación indicada.
Únicamente podrán ser objeto de financiación aquellas actuaciones que se realicen en el
período de vigencia del convenio.
2. E
 l convenio se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Extremeño Público de Empleo y a la aplicación presupuestaria 14013G242B48000, proyecto de gasto
20240234, con fuente de financiación de transferencias del Estado, con cargo a los fondos
recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
La autoescuela asumirá cualquier otro gasto que sea necesario para la consecución de los
fines recogidos en el presente convenio.
Quinta. Justificación de las actuaciones realizadas y pago.
1. E
 l pago a la autoescuela se realizará previa justificación de la realización de la actuación
subvencionable. La justificación de las actuaciones se realizará mediante la presentación
de una Memoria explicativa de las actividades/actuaciones desarrolladas en cada período
del convenio en ejecución, a la que se acompañará un listado de personas finalizadas y no
finalizadas, junto a la documentación detallada en la cláusula segunda.
2. E
 l pago se realizará una vez presentada y comprobada la documentación señalada en el
punto anterior.
3. L
 a autoescuela se responsabilizará de la veracidad de los documentos de justificación que
presenten para la justificación de las actuaciones realizadas.
4. L
 a autoescuela adherida está obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Para ello, deberá
estar dada de alta en el sistema de notificaciones electrónicas de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.