Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060162)
Resolución de 19 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales, y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por el que se formaliza una transferencia específica para el Programa de mejora de la atención integral de las personas afectadas por enfermedades raras en Extremadura.
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NÚMERO 17
Lunes 27 de enero de 2025

5362

— Transferir el importe de cincuenta y un mil ciento catorce euros con diez céntimos
(51.114,10 €) a FUNDESALUD de conformidad con la cláusula tercera.
Quinta. Modificación de la cláusula Tercera. “Forma de pago y justificación de la aportación
dineraria”,
Se modifica la cláusula tercera que queda redactada como sigue:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, la forma
de pago de la transferencia específica objeto de este convenio deberá ajustarse al Plan de
Disposición de Fondos de la Tesorería.
El Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos,
establece en su artículo 3.2.c) que las órdenes de pago se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer
mes de cada trimestre.
Sin embargo, la fecha de suscripción del convenio impide la aplicación de la regla general prevista en ese decreto, lo que motiva que el abono y justificación del importe de la transferencia
específica, se realice en cuatro pagos de acuerdo con lo señalado a continuación:
Un primer pago por importe de veintiún mil trescientos cincuenta y nueve euros (21.359 €),
correspondientes al primer 50% del importe total de la transferencia específica, a la firma del
presente convenio.
Un segundo pago entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de julio de 2024, por importe de diez mil
seiscientos setenta y nueve euros con cincuenta céntimos (10.679,50 €), y cuando se haya
justificado el importe del primer pago mediante certificación pormenorizada y detallada de
gastos y pagos acompañado de la documentación acreditativa de los mismos. Dicha justificación deberá presentarse antes del 31 de julio de 2024.
El tercer pago entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de octubre de 2024 por importe de diez
mil seiscientos setenta y nueve euros con cincuenta céntimos (10.679,50 €), y cuando se
haya justificado el segundo pago mediante certificación pormenorizada y detallada de gastos
y pagos acompañado de la documentación acreditativa de los mismos. Dicha justificación deberá presentarse antes del 31 de octubre de 2024.
El cuarto pago entre el 15 de diciembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 por importe de
ocho mil trescientos noventa y seis euros con diez céntimos (8.396,10 €), y cuando se haya
justificado el tercer pago mediante certificación pormenorizada y detallada de gastos y pagos
acompañado de la documentación acreditativa de los mismos. Dicha justificación deberá presentarse antes del 30 de diciembre de 2024.