Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060132)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Hostelería de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 17
Lunes 27 de enero de 2025



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2°. Anualmente a conocer y tener a su disposición el balance, cuenta de resultados, la
memoria y en el caso de que una empresa revista la forma de sociedad por acciones
o participaciones cuantos documentos se den a conocer a los socios.



3°. Con carácter previo a su ejecución por la empresa, sobre reestructuraciones de
plantilla, cierres totales o parciales, definitivas o temporales, y las reducciones de
jornadas, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones empresariales y sobre
los planes de formación profesional de la empresa.



4°. En la función de la materia de que se trate:



a) Sobre la implantación o revisión de sistemas de organización de trabajo y cualquiera de sus posibles consecuencias, estudios, de tiempo, establecimiento de
sistemas de primas o incentivos y valoración de puestos de trabajo.



b) Sobre la fusión, absorción y modificación de status jurídico de empresa cuando
ello suponga cualquier incidencia que afecte al volumen del empleo.



c) El empresario facilitará a los representantes de los trabajadores el modelo o modelos de contrato que habitualmente utilice.



d) Sobre sanciones impuestas por faltas graves, muy graves y, especialmente, en el
supuesto de despido.



e) En lo referente a las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los motivos de ingresos, ceses y los ascensos.

B) E
 jercer una labor de vigilancia sobre las siguientes materias:


1.° Cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral de Seguridad Social, así
como el respeto de los pactos, condiciones o usos de empresas en vigor, formulando, en su caso, las actuaciones oportunas ante las empresas, los organismos y los
tribunales competentes.



2.º La calidad de la docencia y de la efectividad de la misma en los centros de formación
de las empresas.



3. L
 as condiciones de seguridad e higiene en el trabajo en la empresa.