Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060131)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Comercio de Alimentación Mayor y Menor de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 17

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Lunes 27 de enero de 2025

derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración
del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.
Los trabajadores y trabajadoras por su voluntad, tendrán el derecho a sustituirlo por una
reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas
completas de 15 días naturales, a disfrutar de forma ininterrumpida a continuación del alta
por maternidad. Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombre
o mujeres, pero solo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos
trabajen.
Artículo 39: Plus de Convenio.
Se establece un plus de convenio anual para todas las personas trabajadoras afectadas por
este Convenio, que se abonará a las personas trabajadoras en doce mensualidades con las
siguientes cuantías:
Este plus no será, ni compensable ni absorbible y complementará en caso de IT. Quedando las
cantidades del Plus de Convenio como a continuación se indican:
Para el año 2023

796.57 euros anuales

66.38 euros por doce mensualidades

Para el año 2024

820.47 euros anuales

68.37 euros por doce mensualidades

La cuantía del plus convenio es única para todos los trabajadores y trabajadoras, independientemente de la jornada laboral que realicen.
Artículo 40: Legislación Supletoria.
En lo no previsto en este convenio se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores,
Ley de Igualdad y demás leyes concordantes.
Artículo 41: Contratación.
El actual Contrato “por Acumulación de Tareas o Circunstancias de la Producción” podrá tener
una duración máxima de 12 meses, dentro de un periodo de 18 meses
Las empresas intentarán tener plantillas con un máximo del 20% de contratación temporal.
Artículo 42: Adhesión al ASEC-EX.
Las partes acuerdan que la solución de conflictos laborales que afecten a los trabajadores y
empresarios incluidos en el ámbito de aplicación de este Convenio, se someterá en los tér-