Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060081)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la elaboración del estudio relativo a la "Redelimitación y caracterización de la Red Natura 2000 en Extremadura".
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NÚMERO 15
Jueves 23 de enero de 2025

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Sexto. La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, tiene como compromiso dar respuesta al cumplimiento de las normativas
en materia de gestión y conservación de la Red Natura 2000. Esta obligación deriva de la
incorporación de España a la Comunidad Económica Europea que supone la necesidad de desarrollar las obligaciones establecidas en las distintas Directivas de aplicación.
Mediante el artículo 3 de la Directiva 92/43/CE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres se crea la red ecológica
europea de Zonas Especiales de Conservación, denominada “Natura 2000”. Dicha red, compuesta por los lugares que alberguen tipos de hábitats naturales que figuran en su Anexo I y
de hábitats de especies que figuran en su Anexo II, deberá garantizar el mantenimiento o, en
su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats
naturales y de los hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural.
En el artículo 1 de la citada Directiva se establece la definición de las Zonas Especiales de
Conservación y Lugares de Importancia Comunitaria.
Por otra parte, el artículo 3 de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 relativa a la conservación de las aves silvestres establece
que la preservación, el mantenimiento y el restablecimiento de los biotopos y de los hábitats
impondrán en primer lugar la creación de zonas de protección (Zonas de Especial Protección
para las Aves). Esta Directiva deroga a la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de
1979, relativa a la conservación de las aves silvestres de contenido parcialmente similar.
Así, la Red Natura 2000 ha sido el resultado de la aplicación de las dos Directivas comunitarias
indicadas anteriormente. La Red Natura 2000 se puede definir como una red de lugares de
alto valor ecológico que constituye el principal instrumento para desarrollar las políticas de la
Unión Europea orientadas a garantizar la conservación de la biodiversidad, prestando especial
atención a los hábitats y a las especies de flora y fauna más amenazadas. La Red Natura 2000
se encuentra compuesta por los Lugares de Importancia Comunitaria, hasta su transformación en Zonas Especiales de Conservación, dichas Zonas Especiales de Conservación y las
Zonas de Especial Protección para las Aves.
Séptimo. La Red Natura 2000 es un instrumento fundamental para la preservación de biodiversidad a nivel europeo. Sin embargo, esta estrategia para la conservación de los valores
naturales no se encuentra exenta de problemas que permitan su correcta aplicación. La ne-