Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2024040289)
Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para ambas ayudas.
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NÚMERO 13
Martes 21 de enero de 2025

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2º. Escritura pública de compraventa de la adquisición de tierras, en su caso.



3º. C
 ertificado bancario, acreditativo de la transferencia dineraria del ingreso. No serán
tenidos en cuenta los abonos en metálico, según lo dispuesto en el artículo 8.2.e).



4º. E
 xtracto bancario o acreditación equivalente en la que se reflejen los movimientos
correspondientes como mínimo a los tres días previos y posteriores al pago.

c) Deberá aportarse copia del contrato laboral del trabajador o trabajadora agraria, debidamente legalizado, en el caso de haberse aplicado este incremento a la prima básica.
d) Si consta la oposición expresa de la persona interesada a que los datos del SEXPE sean
consultados de oficio por esta administración, deberá presentar los modelos Recibo de
Liquidación de Cotizaciones (RLC) y Relación Nominal de Trabajadores (RNT) acreditativos de las personas empleadas en su explotación para justificar los puntos concedidos
por creación del empleo adicional.
e) Si se han concedido los puntos e incremento por comercializar productos de la explotación en venta directa o bajo figuras de calidad, Denominaciones de origen o Indicaciones
Geográficas Protegidas, documentación que acredite la inscripción en la Denominación
de Origen o Indicación Geográfica Protegida indicada en la solicitud, o la comunicación
del inicio del suministro directo de pequeñas cantidades de productos primarios a la
Dirección General competente en materia de agricultura y ganadería, de conformidad
con modelo normalizado (anexo III del Decreto 17/2021).
f) En su caso, resolución de reconocimiento de la situación de jubilación de la persona que
trasmitió íntegramente la explotación a la beneficiaria.
3. L
 as beneficiarias de la ayuda a la inversión en modernización y/o mejora de explotaciones
agrarias, deberá, junto con la solicitud del primer pago, deberá aportar la siguiente documentación justificativa:
a) Facturas, en soporte electrónico, cumplimentadas conforme a la normativa fiscal vigente, con una descripción clara y detallada de los bienes adquiridos o construidos.
b) Certificado bancario, acreditativo de la transferencia dineraria del ingreso. No serán
tenidos en cuenta los abonos en metálico, según lo dispuesto en el artículo 14.1.d.
c) Extracto bancario o acreditación equivalente en la que se reflejen los movimientos correspondientes como mínimo a los tres días previos y posteriores al pago.
d) Proyecto, en su caso, de las inversiones realizadas en bienes inmuebles.