Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2024040289)
Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para ambas ayudas.
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NÚMERO 13
Martes 21 de enero de 2025
3653
mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá
acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en el portal institucional de la Junta de
Extremadura (www.juntaex.es).
3. E
xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
4. C
uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquella que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
a aceptación y concesión de la subvención, y por tanto de la financiación del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), conllevará el consentimiento para su inclusión
en una lista de beneficiarias que se publicará, de conformidad con lo establecido en los
artículos 98 y siguientes del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
Artículo 25. Propuesta de resolución.
1. El órgano instructor, a la vista de la evaluación del expediente, formulará la propuesta de
resolución provisional debidamente motivada.
2. L
a propuesta de resolución provisional será notificada a las interesadas para que, en un
plazo de 10 días, manifiesten su conformidad o disconformidad con la misma, pudiendo
realizar las alegaciones que estimen pertinentes. La falta de respuesta por parte de la interesada implicará su conformidad con la propuesta de resolución provisional debidamente
notificada.
3. Examinada la conformidad o disconformidad, y en su caso, las alegaciones aducidas por la
interesada, el órgano instructor elevará al órgano competente para resolver la propuesta
de resolución definitiva.
Artículo 26. Resolución y plazo.
1. A
la vista de la propuesta de resolución definitiva, estas ayudas serán resueltas por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible o, en su caso, el órgano en quien delegue, en un plazo máximo de tres meses
contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
2. L
a resolución dictada, que deberá contener las obligaciones y compromisos adquiridos por
la beneficiaria, será notificada dentro del plazo máximo y por cualquiera de los medios
Martes 21 de enero de 2025
3653
mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá
acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en el portal institucional de la Junta de
Extremadura (www.juntaex.es).
3. E
xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
4. C
uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquella que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
a aceptación y concesión de la subvención, y por tanto de la financiación del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), conllevará el consentimiento para su inclusión
en una lista de beneficiarias que se publicará, de conformidad con lo establecido en los
artículos 98 y siguientes del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
Artículo 25. Propuesta de resolución.
1. El órgano instructor, a la vista de la evaluación del expediente, formulará la propuesta de
resolución provisional debidamente motivada.
2. L
a propuesta de resolución provisional será notificada a las interesadas para que, en un
plazo de 10 días, manifiesten su conformidad o disconformidad con la misma, pudiendo
realizar las alegaciones que estimen pertinentes. La falta de respuesta por parte de la interesada implicará su conformidad con la propuesta de resolución provisional debidamente
notificada.
3. Examinada la conformidad o disconformidad, y en su caso, las alegaciones aducidas por la
interesada, el órgano instructor elevará al órgano competente para resolver la propuesta
de resolución definitiva.
Artículo 26. Resolución y plazo.
1. A
la vista de la propuesta de resolución definitiva, estas ayudas serán resueltas por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible o, en su caso, el órgano en quien delegue, en un plazo máximo de tres meses
contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
2. L
a resolución dictada, que deberá contener las obligaciones y compromisos adquiridos por
la beneficiaria, será notificada dentro del plazo máximo y por cualquiera de los medios