Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2024040289)
Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para ambas ayudas.
106 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 13
Martes 21 de enero de 2025
3650
De conformidad el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la justificación de estar al corriente con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será
consultada o recabada de oficio por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso del interesado, para lo cual se consultará de oficio los
correspondientes certificados de estar al corriente. El cumplimiento del resto de requisitos
del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, se acreditarán con la cumplimentación
de la correspondiente declaración responsable incluida en la solicitud de la ayuda.
Si la persona solicitante se opusiese a la consulta o no autorizase expresamente, según el
caso, deberá aportar junto con la solicitud la siguiente documentación:
a) Certificados acreditativos de estar al corriente con la Hacienda Estatal, la Seguridad
Social o no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
b) Escritura de constitución y/o poder bastante de representación de la persona jurídica, en su caso.
c) Domicilio social: certificado de empadronamiento.
d) Capacitación profesional: copia auténtica del certificado de aprovechamiento del curso de incorporación a la empresa agraria, de la titulación académica correspondiente
o del certificado de profesionalidad de nivel 3.
e) C
ertificación catastral o nota simple de las parcelas objeto de los gastos inmuebles.
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
el órgano gestor verificará la veracidad de los datos personales aportados con la solicitud,
especialmente los relativos a la identidad del solicitante.
3. L
a solicitud de ayuda al establecimiento regulada en la sección primera deberá ir acompañar de la siguiente documentación:
a) Plan empresarial, según modelo que contiene el anexo II. Deberán cumplimentarse
adecuadamente todos sus apartados, declarando los medios de producción necesarios
para el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas, así como los gastos para su
establecimiento.
b) En los casos en los que el joven agricultor o agricultora se establezca como integrante
de una Titularidad Compartida de explotación agraria o de una persona jurídica tendrá
que aportar la autorización para consultar los datos personales del resto de los integrantes de la entidad, según el modelo que contiene el anexo V.
Martes 21 de enero de 2025
3650
De conformidad el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la justificación de estar al corriente con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será
consultada o recabada de oficio por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso del interesado, para lo cual se consultará de oficio los
correspondientes certificados de estar al corriente. El cumplimiento del resto de requisitos
del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, se acreditarán con la cumplimentación
de la correspondiente declaración responsable incluida en la solicitud de la ayuda.
Si la persona solicitante se opusiese a la consulta o no autorizase expresamente, según el
caso, deberá aportar junto con la solicitud la siguiente documentación:
a) Certificados acreditativos de estar al corriente con la Hacienda Estatal, la Seguridad
Social o no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
b) Escritura de constitución y/o poder bastante de representación de la persona jurídica, en su caso.
c) Domicilio social: certificado de empadronamiento.
d) Capacitación profesional: copia auténtica del certificado de aprovechamiento del curso de incorporación a la empresa agraria, de la titulación académica correspondiente
o del certificado de profesionalidad de nivel 3.
e) C
ertificación catastral o nota simple de las parcelas objeto de los gastos inmuebles.
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
el órgano gestor verificará la veracidad de los datos personales aportados con la solicitud,
especialmente los relativos a la identidad del solicitante.
3. L
a solicitud de ayuda al establecimiento regulada en la sección primera deberá ir acompañar de la siguiente documentación:
a) Plan empresarial, según modelo que contiene el anexo II. Deberán cumplimentarse
adecuadamente todos sus apartados, declarando los medios de producción necesarios
para el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas, así como los gastos para su
establecimiento.
b) En los casos en los que el joven agricultor o agricultora se establezca como integrante
de una Titularidad Compartida de explotación agraria o de una persona jurídica tendrá
que aportar la autorización para consultar los datos personales del resto de los integrantes de la entidad, según el modelo que contiene el anexo V.