Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Ayudas. (2024040273)
Decreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el relevo generacional del sector artesano, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024-2025.
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NÚMERO 13
Martes 21 de enero de 2025

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2. L
 as ayudas concedidas serán también publicadas en el Portal de Transparencia de la Junta
de Extremadura https://www.juntaex.es/transparencia, de conformidad con en el artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
3. A
 simismo, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias la información sobre
las convocatorias y resoluciones de concesión derivadas de las mismas, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
4. L
 os beneficiarios de las ayudas estarán obligados a dar publicidad e identificar la participación de las Administraciones Públicas en la financiación de los proyectos y actividades
subvencionables. Esta difusión se realizará de conformidad con las prescripciones contenidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de
inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto
77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de
Subvenciones y en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.
En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos a la operación mostrando:


— El emblema de la Unión Europea, de conformidad con las prescripciones técnicas
establecidas reglamentariamente.



— Una referencia al Fondo o los Fondos que dan apoyo a la operación.

Durante la realización de una operación, el beneficiario informará al público del apoyo obtenido de los Fondos:


— Haciendo una breve descripción de la operación, sus objetivos y resultados y destacando el apoyo financiero prestado por la Unión Europea en su sitio de Internet, en
caso de que disponga de uno.



— Colocando, al menos un cartel con información sobre las actuaciones (de un tamaño
mínimo A3), en el que mencionará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar bien
visible para el público, por ejemplo, la entrada de un edificio.