Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Ayudas. (2024040273)
Decreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el relevo generacional del sector artesano, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024-2025.
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NÚMERO 13
Martes 21 de enero de 2025

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d) Documentos de cotización a la Seguridad Social (RNT (Relación Nominal Trabajadores)
y RLC (Recibo de Liquidación Cotizaciones)), en el código de cuenta cotización referido
al alta del trabajador objeto de subvención.
3. L
 os beneficiarios vendrán asimismo obligados a presentar la justificación anterior, en el
plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización de la tercera anualidad de contratación.
4. E
 l abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo normalizado de solicitud. Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros de
la Junta de Extremadura. En el caso de no estar activa o quiera proceder a una nueva alta,
podrá realizarlo a través del trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica de la Junta
de Extremadura en el punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es ) dentro de la
ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica
asociada para presentar la solicitud: https://www.juntaex.es/w/5145 .
5. L
 os beneficiarios de las ayudas convocadas quedan exentos de presentar garantías por los
importes anticipados.
6. P
 ara la realización de los segundos y terceros pagos los beneficiarios deberán acreditarestar al corriente con las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda
autonómica, y para ello en el anexo IV otorgarán el consentimiento expreso para que sea
consultada o recabada de oficio por la Administración esa información o, en caso negativo,
deberán aportar las correspondientes certificaciones.
7. L
 a documentación exigida deberá presentarse, de forma telemática, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica asociada de la Junta de Extremadura
https://tramites.juntaex.es , así como a través de cualquiera de los registros electrónicos
previstos en el artículo 16.4. a. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todo ello en virtud de lo dispuesto
en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, e irá dirigida a la Secretaría General con competencia en materia de Comercio interior y artesanía.
Las personas interesadas deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, se
indica a continuación las direcciones electrónicas donde podrían obtenerlos:


https://www.dnielectronico.es/



http://www.cert.fnmt.es/