Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Ayudas. (2024040273)
Decreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el relevo generacional del sector artesano, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024-2025.
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NÚMERO 13

3741

Martes 21 de enero de 2025

Asociada de la Junta de Extremadura (https://tramites.juntaex.es ), de conformidad con lo
establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. C
 omplementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior, y únicamente con efectos informativos, la persona solicitante recibirá un aviso en
la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de participación, mediante el
cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a
través del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica mencionada en el párrafo
anterior.
4. P
 ara la autenticación y para la firma electrónica de las solicitudes a presentar será necesario que las personas interesadas dispongan de DNI electrónico o de certificado electrónico
en vigor. Si no dispusieran de ellos podrán obtenerlos en las direcciones
www.dnielectronico.es o www.cert.fnmt.es/
Artículo 10. Presentación de solicitudes y documentación a aportar.
1. L
 a solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0705124.
Las solicitudes irán dirigidas a la Secretaría General de la Consejería competente en materia de comercio interior y artesanía, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento

Administrativo

Común

de

las

Administraciones

Públicas,

utilizan-

do el modelo normalizado de solicitud disponible en la siguiente dirección electrónica,
https://www.juntaex.es/w/0705124, junto con la documentación que deba acompañarse,
a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará
utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas.
2. T
 odas las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación:
a) Instancia solicitud debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada electrónicamente, conforme al modelo del anexo I, que estará accesible en la dirección de
la sede electrónica https://tramites.juntaex.es.
En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos