Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2024064268)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, la que se aprueba la convocatoria de 2025 de becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas y prácticas profesionales no laborales incluidas en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.
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NÚMERO 11
Viernes 17 de enero de 2025
3052
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 140, 21 de julio del 2023), así como en el artículo 2 del Decreto 234/2023, de 12
de septiembre, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital (DOE extraordinario n.º 3, 16 septiembre de 2023), la competencia
para aprobar la presente convocatoria corresponde al Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital, habiéndose delegado el ejercicio de la misma en
el Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo.
En su virtud, en ejercicio de la competencia delegada por el Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital (PD, Resolución de 14 de septiembre de
2023. DOE núm. 180, 19 de septiembre de 2023), se emite la siguiente
RESOLUCIÓN:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de 2025 de concesión de becas por discapacidad y víctimas de violencia género y de ayudas de transporte, manutención,
alojamiento y manutención y ayudas a la conciliación, a que tengan derecho las personas
trabajadoras desempleadas que participen en las acciones formativas y, en su caso, prácticas
profesionales no laborales que forman parte de las mismas, que se ejecuten en el marco de
la oferta formativa pública del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida prioritariamente
a personas trabajadoras ocupadas.
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se rige por las bases reguladoras contenidas en la sección primera,
“disposiciones comunes”, y la sección tercera, “becas y ayudas al alumnado”, del capítulo IV
relativo a las ayudas complementarias a la formación, de la Orden de 23 de septiembre de
2020, por la que se regula la Formación Profesional para el empleo dirigida a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases
reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación (DOE n.º 195, 7 de octubre de
2020).
Tercero. Ámbito de aplicación de la convocatoria.
1. C
on cargo a la convocatoria aprobada en base a la presente resolución, se financiarán las
becas y ayudas derivadas de la participación en las siguientes acciones formativas y, en su
Viernes 17 de enero de 2025
3052
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 140, 21 de julio del 2023), así como en el artículo 2 del Decreto 234/2023, de 12
de septiembre, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital (DOE extraordinario n.º 3, 16 septiembre de 2023), la competencia
para aprobar la presente convocatoria corresponde al Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital, habiéndose delegado el ejercicio de la misma en
el Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo.
En su virtud, en ejercicio de la competencia delegada por el Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital (PD, Resolución de 14 de septiembre de
2023. DOE núm. 180, 19 de septiembre de 2023), se emite la siguiente
RESOLUCIÓN:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de 2025 de concesión de becas por discapacidad y víctimas de violencia género y de ayudas de transporte, manutención,
alojamiento y manutención y ayudas a la conciliación, a que tengan derecho las personas
trabajadoras desempleadas que participen en las acciones formativas y, en su caso, prácticas
profesionales no laborales que forman parte de las mismas, que se ejecuten en el marco de
la oferta formativa pública del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida prioritariamente
a personas trabajadoras ocupadas.
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se rige por las bases reguladoras contenidas en la sección primera,
“disposiciones comunes”, y la sección tercera, “becas y ayudas al alumnado”, del capítulo IV
relativo a las ayudas complementarias a la formación, de la Orden de 23 de septiembre de
2020, por la que se regula la Formación Profesional para el empleo dirigida a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases
reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación (DOE n.º 195, 7 de octubre de
2020).
Tercero. Ámbito de aplicación de la convocatoria.
1. C
on cargo a la convocatoria aprobada en base a la presente resolución, se financiarán las
becas y ayudas derivadas de la participación en las siguientes acciones formativas y, en su