Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2024040284)
Decreto 168/2024, de 26 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 10
Jueves 16 de enero de 2025
2652
a) Memoria económica justificativa según el anexo III, sin perjuicio de la adaptación que
en su caso puedan efectuar las correspondientes convocatorias. En el caso de que se
hayan producido desviaciones respecto al presupuesto inicial, deberán ser indicadas y
explicadas.
b) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la
concesión de la subvención y de la realización de la totalidad de las actividades subvencionadas con indicación de los resultados obtenidos.
c) Certificado emitido por el representante legal de la entidad, mediante el anexo IV.
d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así
como de los intereses derivados de los mismos.
e) O
fertas presentadas que, en aplicación del artículo 36 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deba haber solicitado el
beneficiario, así como memoria justificativa de la elección que se efectúe entre aquellas,
cuando dicha elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
3. E
n todo caso:
a) El órgano concedente comprobará, a través de técnicas de muestreo, sobre la memoria
económica presentada, los justificantes que estime oportunos (mínimo, el 15% de los
relacionados) y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación
de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes
de gasto seleccionados de forma aleatoria.
b) Los documentos acreditativos de los gastos realizados comprenderán:
— Facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, con validez en el
tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa justificativos de la realización
del proyecto.
— Justificantes del pago de los documentos de gasto.
c) En caso de no haber sido autorizadas expresamente las siguientes modificaciones sustanciales del proyecto:
• No se tendrán en cuenta a efectos de justificación de la subvención, los importes correspondientes a la creación de partidas presupuestarias no previstas inicialmente.
• La supresión de las partidas presupuestarias inicialmente proyectadas supondrá una
minoración en el importe total justificado por la cantidad de la partida inicialmente
presupuestada que ha sido eliminada.
Jueves 16 de enero de 2025
2652
a) Memoria económica justificativa según el anexo III, sin perjuicio de la adaptación que
en su caso puedan efectuar las correspondientes convocatorias. En el caso de que se
hayan producido desviaciones respecto al presupuesto inicial, deberán ser indicadas y
explicadas.
b) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la
concesión de la subvención y de la realización de la totalidad de las actividades subvencionadas con indicación de los resultados obtenidos.
c) Certificado emitido por el representante legal de la entidad, mediante el anexo IV.
d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así
como de los intereses derivados de los mismos.
e) O
fertas presentadas que, en aplicación del artículo 36 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deba haber solicitado el
beneficiario, así como memoria justificativa de la elección que se efectúe entre aquellas,
cuando dicha elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
3. E
n todo caso:
a) El órgano concedente comprobará, a través de técnicas de muestreo, sobre la memoria
económica presentada, los justificantes que estime oportunos (mínimo, el 15% de los
relacionados) y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación
de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes
de gasto seleccionados de forma aleatoria.
b) Los documentos acreditativos de los gastos realizados comprenderán:
— Facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, con validez en el
tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa justificativos de la realización
del proyecto.
— Justificantes del pago de los documentos de gasto.
c) En caso de no haber sido autorizadas expresamente las siguientes modificaciones sustanciales del proyecto:
• No se tendrán en cuenta a efectos de justificación de la subvención, los importes correspondientes a la creación de partidas presupuestarias no previstas inicialmente.
• La supresión de las partidas presupuestarias inicialmente proyectadas supondrá una
minoración en el importe total justificado por la cantidad de la partida inicialmente
presupuestada que ha sido eliminada.