Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2024064023)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2025 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025
2545
— 2º. Las certificaciones de obra acreditativas de los gastos emitidas por la dirección de
las obras en las que figure la supervisión del técnico de la entidad local, si lo hubiere,
que deberá contemplarse en modelos normalizados.
— 3º. Facturas de dichas certificaciones de obra.
— 4º. En el caso de que se haya realizado alguna modificación sobre el proyecto de
obra, certificado de la persona titular de la Secretaría/Secretaría-Intervención de la
entidad beneficiaria, que garantice los siguientes términos:
• La aprobación por el órgano de contratación del modificado.
• La legalidad del procedimiento de modificación del contrato seguido.
— 5º. Certificado final de obras, adjuntando al mismo el estado final de obra definitorio
de todas las modificaciones autorizadas y aprobadas.
— 6º. Certificado del director de la obra de las mejoras ofertadas en la licitación, final
mente ejecutadas, con su valoración económica, IVA incluido, con el fin de detraer
dicho importe.
— 7º. Acta de recepción.
— 8º. Certificación final de obra que incluya certificado del director de las obras de que
las mismas se han ejecutado de acuerdo con el proyecto informado favorablemente
de homologación deportiva.
— 9º. Aprobación de la certificación final de obras por el órgano de contratación.
c. En aquellos supuestos, en los que la entidad beneficiaria ejecute directamente, con sus
propios medios, las obras subvencionadas, deberá aportar:
— 1º. Anexo VIII debidamente cumplimentado y firmado.
— 2º. Copia auténtica de las facturas y demás documentos de valor probatorio equiva
lente y sus justificantes de pago de los materiales y medios auxiliares subvenciona
dos e incorporados en la relación del apartado 2.1 del anexo VIII.
4. J ustificación de los pagos. Los pagos de las inversiones efectuadas se acreditarán mediante
documento expedido por la entidad financiera correspondiente que acredite la transferen
cia o movimiento bancario efectuado a favor del proveedor, por el concepto y cantidad
facturada.
Miércoles 15 de enero de 2025
2545
— 2º. Las certificaciones de obra acreditativas de los gastos emitidas por la dirección de
las obras en las que figure la supervisión del técnico de la entidad local, si lo hubiere,
que deberá contemplarse en modelos normalizados.
— 3º. Facturas de dichas certificaciones de obra.
— 4º. En el caso de que se haya realizado alguna modificación sobre el proyecto de
obra, certificado de la persona titular de la Secretaría/Secretaría-Intervención de la
entidad beneficiaria, que garantice los siguientes términos:
• La aprobación por el órgano de contratación del modificado.
• La legalidad del procedimiento de modificación del contrato seguido.
— 5º. Certificado final de obras, adjuntando al mismo el estado final de obra definitorio
de todas las modificaciones autorizadas y aprobadas.
— 6º. Certificado del director de la obra de las mejoras ofertadas en la licitación, final
mente ejecutadas, con su valoración económica, IVA incluido, con el fin de detraer
dicho importe.
— 7º. Acta de recepción.
— 8º. Certificación final de obra que incluya certificado del director de las obras de que
las mismas se han ejecutado de acuerdo con el proyecto informado favorablemente
de homologación deportiva.
— 9º. Aprobación de la certificación final de obras por el órgano de contratación.
c. En aquellos supuestos, en los que la entidad beneficiaria ejecute directamente, con sus
propios medios, las obras subvencionadas, deberá aportar:
— 1º. Anexo VIII debidamente cumplimentado y firmado.
— 2º. Copia auténtica de las facturas y demás documentos de valor probatorio equiva
lente y sus justificantes de pago de los materiales y medios auxiliares subvenciona
dos e incorporados en la relación del apartado 2.1 del anexo VIII.
4. J ustificación de los pagos. Los pagos de las inversiones efectuadas se acreditarán mediante
documento expedido por la entidad financiera correspondiente que acredite la transferen
cia o movimiento bancario efectuado a favor del proveedor, por el concepto y cantidad
facturada.