Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2024064023)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2025 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

2544

a) Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión
de la subvención, con indicación de las actuaciones realizadas conforme al proyecto o
memoria valorada para la concesión y de los resultados obtenidos. En esta memoria
deberá incluirse documentación gráfica de la evolución de la obra o del equipamiento
adquirido y del cumplimiento de las obligaciones de difusión y publicidad establecidas
en los apartados decimotercero, punto 6, y vigesimocuarto.
b) Certificado de la persona titular de la Secretaría/Secretaría-Intervención de la entidad
beneficiaria (anexo VII) que acredite:


1.º El cumplimiento de las medidas de publicidad correspondientes según se establece
en el apartado vigesimocuarto.



2.º El cumplimiento de la normativa establecida por la legislación contractual del sector
público para la ejecución de la actuación subvencionada.



3.º Q
 ue las cantidades recibidas se han destinado a la finalidad para las que fueron
concedidas, de acuerdo al proyecto aprobado.



4.º H
 aber realizado la actualización de la instalación sobre la que se ha actuado en el
Censo de Instalaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No
será necesario en el caso de que a la fecha de presentación de este certificado el
censo no estuviese aún en funcionamiento.

c) Cuando conforme a lo establecido en el apartado decimocuarto, punto 3, el órgano ges­
tor de la obra sea una diputación provincial, copia del convenio de colaboración firmado
entre la entidad local beneficiaria y la correspondiente diputación provincial.
d) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la activi­
dad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, en su caso.
3. J ustificación de los gastos. Los gastos de las inversiones realizadas se justificarán por los
siguientes medios:
a. En el caso de equipamientos: facturas, debidamente relacionadas y totalizadas, que
acrediten el gasto realizado y justifiquen la totalidad de la inversión efectuada y el cum­
plimiento íntegro del proyecto subvencionado.
b. En el caso de obras ejecutadas por contratación administrativa:


— 1º. Acta de comprobación de replanteo (inicio de la obra).