Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024040270)
Decreto 158/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía y su convocatoria única.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025
2367
diante Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo,
se atribuyó a dicho organismo la ejecución de las competencias de administración, gestión y
coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo, bajo la supervisión
y control de la Consejería competente en materia de empleo. Por otro lado, mediante el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban sus Estatutos, se establece entre los
fines de este organismo autónomo, el desarrollo de la formación profesional para el empleo,
impulsando y extendiendo entre las empresas y las personas trabajadoras ocupadas y desempleadas una formación que responda adecuadamente a sus necesidades y contribuya al
desarrollo de la economía extremeña.
La tramitación de estas ayudas será telemática, la solicitud se presentará a través del punto
de acceso general electrónico de los servicios y trámites, las personas solicitantes y/o sus
representantes se identificarán mediante certificado digital y las comunicaciones entre las
entidades que soliciten las ayudas y el órgano gestor se realizarán a través de medios electrónicos.
La Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura contempla en su artículo 73, políticas activas de empleo que, entre otras cosas,
promoverán la incorporación al mercado laboral de las personas jóvenes y las mujeres. Este
programa contribuye a la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura,
aprobada por el Decreto 32/2022, de 30 de marzo, dentro de la Línea estratégica 3.1 Impulso
a la educación y a la formación, medidas 124 “Recuperar y potenciar los recursos locales para
favorecer el emprendimiento y las salidas laborales, mediante una mayor diversificación de
los talleres ocupacionales, en consonancia con el entorno rural y las iniciativas y programas
para su promoción y desarrollo” y 132 Desarrollar acciones formativas en el medio rural conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad vinculados a las diferentes necesidades y potencialidades territoriales.
Esta disposición se adecúa a los principios de buena regulación, de conformidad con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El decreto se dicta con la finalidad de llevar a cabo las medidas establecidas en los objetivos
previstos en el convenio suscrito con fecha 22 de octubre de 2024 entre la Administración
General del Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, O.A. y la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el desarrollo de un Plan de Empleo de Extremadura que comprenda la realización de medidas que incrementen el empleo, de acuerdo con lo establecido
en el Real Decreto 659/2024, de 9 de julio, por lo que con el dictado de la presente norma se
da cumplimiento a los principios de necesidad y eficacia recogidos en el apartado segundo del
mencionado artículo 129.
Miércoles 15 de enero de 2025
2367
diante Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo,
se atribuyó a dicho organismo la ejecución de las competencias de administración, gestión y
coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo, bajo la supervisión
y control de la Consejería competente en materia de empleo. Por otro lado, mediante el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban sus Estatutos, se establece entre los
fines de este organismo autónomo, el desarrollo de la formación profesional para el empleo,
impulsando y extendiendo entre las empresas y las personas trabajadoras ocupadas y desempleadas una formación que responda adecuadamente a sus necesidades y contribuya al
desarrollo de la economía extremeña.
La tramitación de estas ayudas será telemática, la solicitud se presentará a través del punto
de acceso general electrónico de los servicios y trámites, las personas solicitantes y/o sus
representantes se identificarán mediante certificado digital y las comunicaciones entre las
entidades que soliciten las ayudas y el órgano gestor se realizarán a través de medios electrónicos.
La Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura contempla en su artículo 73, políticas activas de empleo que, entre otras cosas,
promoverán la incorporación al mercado laboral de las personas jóvenes y las mujeres. Este
programa contribuye a la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura,
aprobada por el Decreto 32/2022, de 30 de marzo, dentro de la Línea estratégica 3.1 Impulso
a la educación y a la formación, medidas 124 “Recuperar y potenciar los recursos locales para
favorecer el emprendimiento y las salidas laborales, mediante una mayor diversificación de
los talleres ocupacionales, en consonancia con el entorno rural y las iniciativas y programas
para su promoción y desarrollo” y 132 Desarrollar acciones formativas en el medio rural conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad vinculados a las diferentes necesidades y potencialidades territoriales.
Esta disposición se adecúa a los principios de buena regulación, de conformidad con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El decreto se dicta con la finalidad de llevar a cabo las medidas establecidas en los objetivos
previstos en el convenio suscrito con fecha 22 de octubre de 2024 entre la Administración
General del Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, O.A. y la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el desarrollo de un Plan de Empleo de Extremadura que comprenda la realización de medidas que incrementen el empleo, de acuerdo con lo establecido
en el Real Decreto 659/2024, de 9 de julio, por lo que con el dictado de la presente norma se
da cumplimiento a los principios de necesidad y eficacia recogidos en el apartado segundo del
mencionado artículo 129.