Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Ayudas. (2024063950)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 7
Lunes 13 de enero de 2025
1851
el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores,
con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la
entrega del bien, salvo que, por las especiales características del gasto, no exista en
el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. La elección
entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía,
debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la
propuesta económica más ventajosa.
d) La justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente
para obtener la subvención solicitada, así como la declaración de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas de esta o de cualquier otra Administración Pública para el
mismo proyecto, en la que se hagan constar además todas las ayudas o subvenciones
que hayan sido recibidas por la empresa con carácter de mínimis, en los tres ejercicios
previos a la presentación de la solicitud, se efectuará mediante declaración expresa y
responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que figura en el
anexo II de la presente resolución.
e) D
eclaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente por
el beneficiario, en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que figura en el
apartado correspondiente del anexo II.
f) Certificado de Titularidad Real expedido por Notario en caso de no autorizar expresamente a que la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital pueda recabar de oficio en el Registro Central de Titularidades Reales los
datos relativos a los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión
Europea en el apartado 8 del anexo II.
g) En el modelo de solicitud (anexo I), se deberá indicar el número de cuenta que el solicitante tiene activo en el sistema de alta de terceros de la Junta de Extremadura para el
abono de la subvención. En el supuesto de que la cuenta bancaria indicada no esté dada
de alta en el registro de altas de terceros de la Junta de Extremadura, será necesario,
previamente, tramitar su alta en dicho registro a través del siguiente enlace:
https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true.
h) L
as certificaciones administrativas que acrediten estar al corriente de sus obligaciones
tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica,
salvo que el interesado autorice expresamente la comprobación de oficio por el órgano
instructor indicándolo así en el apartado 7 del anexo II, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Lunes 13 de enero de 2025
1851
el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores,
con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la
entrega del bien, salvo que, por las especiales características del gasto, no exista en
el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. La elección
entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía,
debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la
propuesta económica más ventajosa.
d) La justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente
para obtener la subvención solicitada, así como la declaración de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas de esta o de cualquier otra Administración Pública para el
mismo proyecto, en la que se hagan constar además todas las ayudas o subvenciones
que hayan sido recibidas por la empresa con carácter de mínimis, en los tres ejercicios
previos a la presentación de la solicitud, se efectuará mediante declaración expresa y
responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que figura en el
anexo II de la presente resolución.
e) D
eclaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente por
el beneficiario, en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que figura en el
apartado correspondiente del anexo II.
f) Certificado de Titularidad Real expedido por Notario en caso de no autorizar expresamente a que la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital pueda recabar de oficio en el Registro Central de Titularidades Reales los
datos relativos a los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión
Europea en el apartado 8 del anexo II.
g) En el modelo de solicitud (anexo I), se deberá indicar el número de cuenta que el solicitante tiene activo en el sistema de alta de terceros de la Junta de Extremadura para el
abono de la subvención. En el supuesto de que la cuenta bancaria indicada no esté dada
de alta en el registro de altas de terceros de la Junta de Extremadura, será necesario,
previamente, tramitar su alta en dicho registro a través del siguiente enlace:
https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true.
h) L
as certificaciones administrativas que acrediten estar al corriente de sus obligaciones
tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica,
salvo que el interesado autorice expresamente la comprobación de oficio por el órgano
instructor indicándolo así en el apartado 7 del anexo II, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.