Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024040274)
Decreto 162/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024-2025.
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NÚMERO 7
Lunes 13 de enero de 2025

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sonalidad o conducta, deberá renovar cada tres meses el informe médico especializado, valorándose en cada caso la pertinencia de la continuidad del apoyo educativo
de acuerdo con los progresos realizados en su proceso de normalización.
1.3. P
 odrá ser beneficiario de las ayudas de la Línea C, el alumnado que reúna los siguientes requisitos:


a) Tener residencia familiar en Extremadura a fecha de presentación de la solicitud.



b) Estar escolarizado en Educación Primaria o Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso
escolar objeto de la convocatoria.



c) Tener necesidades específicas de apoyo educativo que requieran psicoterapia. El
alumno deberá estar consignado en el Módulo NEAE de Rayuela.

d) Informe expedido por el facultativo competente del sistema sanitario público que
especifique que el alumno necesitará tratamiento psicoterapéutico durante todo o
parte del curso escolar en que sea solicitada dicha ayuda. Los beneficiarios sin cobertura en el sistema sanitario público, previa acreditación de su condición de tal,
aportarán informe expedido por el facultativo competente.
e) La renta de la unidad familiar no deberá superar las siguientes cuantías, a cuyos
efectos se tendrá en cuenta los datos económicos de la unidad familiar obrantes en
la Agencia Tributaria en el momento de publicación de la convocatoria:


• Familias de 1 miembro 8.992,20 euros.



• Familias de 2 miembros 13.487,23 euros.



• Familias de 3 miembros 17.983,33 euros.



• Familias de 4 miembros 22.479,43 euros.



• Familias de 5 miembros 26.076,52 euros.



• Familias de 6 miembros 29.672,55 euros.



• Familias de 7 miembros 33.269,64 euros.



• Familias de 8 miembros 36.866,74 euros.



• A partir del 8.º miembro, se añadirán 3.597,09 euros por cada nuevo miembro
computable.