Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024040274)
Decreto 162/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024-2025.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 7
Lunes 13 de enero de 2025

1747

sostenibilidad financiera, así como a los principios de presupuesto anual, único y equilibrado
consagrados en el artículo 78 del Estatuto de Autonomía de Extremadura.
En materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a los efectos de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de la Ley
8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género de Extremadura, a través de estas bases reguladoras se garantiza el derecho del alumnado
a ser beneficiario de las ayudas recogidas, al ofrecer apoyo económico para la estabilidad de
las familias.
Este decreto viene a derogar el Decreto 31/2013, de 12 de marzo, por el que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realiza la convocatoria para el
curso 2012/2013 (DOE núm. 54, de 19 de marzo), posteriormente modificado por Decreto
130/2015, de 9 de junio (DOE núm. 113, de 15 de junio) y Decreto 78/2016, de 14 de junio,
(DOE núm. 117, de 20 de junio). Con estas nuevas bases reguladoras se pretende una mejor
eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos asignados, para lo cual se han
incompatibilizado la percepción de las mismas con otras ayudas públicas otorgadas para el
mismo fin o con cualquier otra ayuda que, a pesar de tener otro fin, subvencione gastos sufragados con cargo al presente decreto. Así mismo se ha incrementado el plazo de presentación
de las solicitudes para con ello facilitar su presentación. Con el fin de ayudar a las familias
ante el incremento del coste de las terapias de los profesionales, se incrementan las cuantías
individualizadas de las ayudas y se establece una nueva tabla de niveles de renta de la unidad
familiar en función del número de miembros, homogeneizando en este sentido los umbrales
de renta con las demás ayudas educativas gestionadas por el EPESEC.
El presente decreto de bases reguladoras se adecúa a los principios de buena regulación
contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en particular, a los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Así, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, dado que es de interés general para
nuestra región llevar a cabo una intervención integral que permita al alumnado de enseñanzas obligatorias matriculados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de nuestra
comunidad autónoma tener acceso a una educación de calidad en condiciones de igualdad,
entendiéndose que es el decreto el instrumento jurídico más adecuado para garantizar su
consecución.
Aparte de ello, es acorde al principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente mencionados.