Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024040274)
Decreto 162/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024-2025.
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NÚMERO 7
Lunes 13 de enero de 2025

1746

23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al cual
se procederá a la concesión de las subvenciones a aquellas solicitudes que hayan obtenido
una mayor puntuación previa valoración de las mismas, conforme a los criterios establecidos
en las bases reguladoras.
En el caso de la Línea B: “Apoyo educativo domiciliario al alumnado convaleciente” se empleará el procedimiento de concesión directa mediante convocatoria previa, según lo dispuesto
en los artículos 22 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en virtud del cual las ayudas se irán concediendo conforme se
vayan solicitando por los interesados, en base a los requisitos establecidos en la normativa
aplicable y siempre que exista crédito presupuestario suficiente.
Las razones de interés público, social y económico que justifican la elección de este procedimiento para la Línea B, se basan en la necesidad de dar una respuesta educativa adecuada
a la situación de aquel alumnado que, por razón de convalecencia derivada de enfermedad,
podría quedar en desventaja desde un punto de vista escolar y educativo como consecuencia de la asistencia irregular al centro docente y de las posibles consecuencias personales
y emocionales que se derivan de la enfermedad. Siendo la Administración la encargada de
proporcionar los medios personales y materiales que eviten la situación descrita, encontrándonos ante circunstancias singulares de gravedad, imprevisión y urgencia, que impiden
aplicar criterios de prelación de las solicitudes y, por consiguiente, dificultan su convocatoria
pública, resulta justificado su tramitación en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, persiguiendo con ello avanzar en la plena inclusión educativa y en la equidad,
garantizándose así la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a
través de la educación.
En definitiva a través del conjunto de ayudas recogidas en el presente decreto regulador la
administración educativa persigue dar respuesta al alumnado con necesidades específicas de
apoyo educativo no asociadas a necesidades educativas especiales, o altas capacidades intelectuales, pero que precisa una atención específica, siempre que esté escolarizado en centros
docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el
objeto de llevar a cabo una intervención integral que no les impida tener acceso a una educación de calidad en condiciones de igualdad.
De conformidad con la especialidad contenida en el artículo 23.1 de la norma autonómica de
referencia en materia de subvenciones, este decreto al tiempo en que establece las bases
reguladoras recoge la primera o única convocatoria de las mismas.
Atendiendo a que la presente normativa afecta a los gastos e ingresos públicos futuros, la
misma queda supeditada al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y