Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Administración Local. (2025060004)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Administración Local, por la que se aprueba la disolución de la Agrupación Secretarial de las entidades locales de Calera de León y la Mancomunidad de Tentudía, ambas de la provincia de Badajoz, que se había constituido para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, así como las clasificaciones de los puestos resultantes correspondientes.
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NÚMERO 5

1406

Jueves 9 de enero de 2025

Vista la propuesta de resolución favorable emitida por el Servicio de Régimen Jurídico de
Administración Local, cumplidos los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes para la
disolución de las Agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del puesto de
Secretaría, y en uso de las atribuciones que confiere la normativa antes citada, esta Dirección
General.
RESUELVE:
Primero. Aprobar la disolución de la Agrupación de Secretaría de entidades locales, formada
por el municipio de Calera de León y la Mancomunidad de Tentudía, provincia de Badajoz, que
se había constituido para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría.
Segundo. Clasificar el puesto de trabajo denominado Secretaría, creado por el Ayuntamiento
de Calera de León, como Secretaría de clase tercera, reservado a funcionarios de la Escala de
Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de
SecretaríaIntervención, forma de provisión el concurso de méritos.
Tercero. Clasificar el puesto de trabajo denominado Secretaría, creado por la Mancomunidad
de Tentudía, como Secretaría de clase tercera, reservado a funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención,
y forma de provisión el concurso de méritos.
Cuarto. Requerir a ambas entidades locales para que procedan de manera inmediata a provisionar ambos puestos conforme a los sistemas previstos en el Real Decreto 128/2018, de
16 de marzo al objeto de garantizar el desempeño de las funciones públicas de Secretaría.
Quinto. Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura,
dar traslado a los interesados y comunicarla al Ministerio con competencia en la materia, e
inscribir los citados puestos de trabajo en el Registro Integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican,
los recursos siguientes:
Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un
mes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas, o bien, interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-admi-