Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2024064186)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada de subvenciones para la prestación de servicios dirigidos a personas con discapacidad a Ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2025.
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NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025

906

anualidad 2025 por un importe total de 8.445.000,00 euros, en las siguientes aplicaciones
presupuestarias:
— Destinado a Ayuntamientos que presten servicios sociales especializados a personas con
discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura:
110060000/G/232A/46000/CAG0000001/20100328 (residencias y pisos tutelados para
discapacitados) importe: 340.000,00 €;
— Destinado a entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura:
110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20100328 (residencias y pisos tutelados para
discapacitados) importe: 8.105.000,00 €;
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 4.3 de la Orden
de 5 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras, esta cuantía podrá
aumentarse con el límite de los créditos consignados en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2025.
No obstante, en los supuestos en que no se efectúen las modificaciones correspondientes
y se produzca el agotamiento del crédito consignado en esta convocatoria, se declarará
terminado el plazo de vigencia de la misma por Resolución de la Secretaría General de la
Consejería competente en materia de servicios sociales. A tales efectos, se publicará el
correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ), y en
el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
3. E
 sta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para
atender a los derechos económicos de la misma en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2025
Décimo. Régimen de garantías, forma de pago y justificación de subvenciones.
1. L
 as subvenciones se abonarán sin necesidad de garantía alguna.
2. Las subvenciones de importe inferior a 3.000 euros serán abonadas íntegramente, una vez
recaída resolución favorable, quedando supeditado el pago al cumplimiento de las medidas
de publicidad mediante aportación por la entidad beneficiaria de documento gráfico que
acredite la instalación de cartel anunciador en la sede donde se desarrolle la actividad,