Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Vivienda. Subvenciones. (2024040277)
Decreto 165/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda "Bono Alquiler Joven" y de determinadas subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, y se aprueba la primera convocatoria de diversos programas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
163 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025

574

incumplimiento será causa de pérdida, total o parcial, del derecho a la ayuda, de conformidad con la letra d) del apartado 1 del artículo 14.
5. En ningún caso podrá producirse una modificación al alza de la subvención concedida como
consecuencia de una alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para resolver. No
obstante, en el programa de ayuda a los jóvenes y para contribuir al reto demográfico, en
su modalidad de ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada
en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, solo se considerará que existe
una modificación al alza de la subvención si el importe global concedido a las personas
inicialmente adquirentes resulta incrementado. Produciéndose una disminución de las personas que reúnan la condición de adquirentes, se modificará la resolución de concesión de
la ayuda, de la que serán beneficiarias las personas adquirentes resultantes.
Artículo 13. De la actividad administrativa de seguimiento, inspección y control.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción de los procedimientos de concesión
de las subvenciones reguladas en el presente decreto llevará a cabo cuantas actuaciones
de comprobación y control del cumplimiento de requisitos sean necesarias, recabando para
ello, si fuere preciso, la asistencia y colaboración de otros órganos, entidades y organismos
públicos, de conformidad con el artículo 141 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, el órgano concedente de la subvención llevará a cabo un seguimiento constante
y permanente del cumplimiento de las obligaciones que incumben a personas o entidades
beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta norma.
2. De conformidad con las letras c) y g) del apartado 1 del artículo 14 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, las personas beneficiarias de las subvenciones deberán colaborar y facilitar cuantos datos y documentos sean requeridos por el órgano directivo con competencia
en materia de vivienda, en el ejercicio de la actividad administrativa de seguimiento, inspección y control de las actuaciones subvencionables, sin perjuicio de la competencia de
comprobación y control financiero de la Intervención General del Estado y de sus intervenciones delegadas; de la Intervención General de la Junta de Extremadura y de sus Intervenciones Delegadas; u otros órganos, organismos públicos e instituciones competentes.
Artículo 14. Pérdida del derecho al cobro y reintegro de subvenciones.
1. Sin perjuicio del régimen sancionador previsto en el título V de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, procederá la declaración de la pérdida, total o parcial, del derecho a las subvenciones reconocidas, cuando
concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: